Capitulos de este wiki
  1. 1 LA OBLIGACIÓN, SUJETOS Y OBJETO
  2. 2 Las fuentes de la obligación
  3. 3 Los sujetos de la relación obligatoria
  4. 4 Posición acreedora
  5. 5 Posición deudora
  6. 6 OBJETO DE LA OBLIGACIÓN Y CLASES DE OBLIGACIONES
  7. 7 Obligaciones de dar, hacer y no hacer; de medios y resultados
  8. 8 Obligaciones genéricas y especificas
  9. 9 Obligación alternativa y facultativa
  10. 10 Divisibilidad e indivisibilidad de la prestación
  11. 11 Obligaciones líquidas e ilíquidas
  12. 12 OBLIGACIONES DE DINERO
  13. 13 Deudas de dinero
  14. 14 Deuda de intereses
  15. 15 Alteraciones del valor de la moneda
  16. 16 UNIDAD Y PLURALIDAD DE VÍNCULOS
  17. 17 Obligaciones recíprocas o sinalagmaticas
  18. 18 Resolución por incumplimiento
  19. 19 CIRCUNSTANCIAS DE LA RELACIÓN OBLIGATORIA
  20. 20 El tiempo
  21. 21 Obligación condicional
  22. 22 Régimen de la condición suspensiva
  23. 23 Régimen de la condición resolutoria
  24. 24 Obligación modal
  25. 25 PAGO O CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN
  26. 26 Sujetos del pago
  27. 27 Pago con tarjeta de crédito
  28. 28 La imputación de pagos
  29. 29 LOS SUBROGADOS DEL CUMPLIMIENTO
  30. 30 La compensación
  31. 32 EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION Y LA RESPOSABILIDAD CONTRACTURAL
  32. 33 Cumplimiento defectuoso
  33. 34 El incumplimiento definitivo
  34. 35 Imputabilidad de incumplimiento al acreedor (mora accipiendi)
  35. 36 La responsabilidad por el incumplimiento imputable
  36. 37 LA PROTECCION DEL CRÉDITO
  37. 38 Responsabilidad patrimonial y ejecución forzosa
  38. 39 La acción directa
  39. 40 Pluralidad de acreedores
  40. 41 MODIFICACION DE LA RELACION OBLIGATORIA
  41. 42 Cambio de acreedor
  42. 43 Transmisión pasiva de la obligación
  43. 44 GARANTIAS DE LA RELACION OBLIGATORIA
  44. 45 Arras
  45. 46 EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN
  46. 47 PLURALIDAD DE SUJETOS
Temas relacionados:
Búsquedas relacionadas:
  • Introduccion al derecho
  • Derecho obligaciones
  • Derecho civil obligaciones
  • Fuentes derecho civil
  • Manual appserv
  • Tecnica y derecho
  • Manual normas y procedimientos
  • Manual derecho civil

    Manual del Derecho Civil - Régimen de la condición suspensiva

    22 - Régimen de la condición suspensiva


    Apuntes creado por Patatabrava.com: www.patatabrava.com, el portal de los universitarios. . Extraido de: http://www.patatabrava.com/apunts/documents/dci_2.doc
    10 Abril 2006
    < anterior | 1 .. 20 21 22 23 24 .. 46 | siguiente >
    La condición suspensiva tiene una fase inicial de incertidumbre y otra en la que puede ocurrir la condición o que no ocurra. (te doy un coche nuevo cuando te gradúes, puede o no suceder).

    //Art. 1114// En las obligaciones condicionales la adquisición de los derechos dependerá del acontecimiento que constituya la condición. La obligación ya ha nacido, pero el crédito y la deuda correspondientes no existen todavía como tales ni es seguro que vayan a ocurrir.

    En previsión de que el evento condicionante acabe por producirse el acreedor, amparándose en el //Art. 1121,1// puede antes del cumplimiento de las condiciones, ejercitar las acciones procedentes para la conservación de sus derechos (depósito judicial, anotación preventiva de prohibición de enajenar). El mismo Art. también establece que si la condición no se cumple y el derecho no se adquiere "//el deudor puede repetir lo que en el mismo tiempo hubiese pagado//".

    Verificación del evento.

    Tan pronto como la condición se cumple queda despejada la incertidumbre y purificada la obligación. La obligación surtirá en adelante los efectos que le sean propios (adquisición de derechos). El cumplimiento de la condición produce entonces //efectos retroactivos//, los Art. 1.120 y 1.122, marcan las directrices de la retroactividad:

    1. Frutos e intereses percibidos o devengados durante la fase de pendencia:

    a. Si la obligación imponía prestaciones recíprocas, se entienden compensadas unas con otras.

    b. Si la obligación fuere unilateral, el deudor hará suyos los frutos e intereses percibidos, si no fuera otra la voluntad del que la constituye.

    2. Imposibilidad de entrega por pérdida de la cosa.

    a. Si la cosa se pierde por causa fortuita o fuerza mayor quedará extinguida la obligación

    b. Si la cosa hubiere sido expropiada, cumplirá el deudor entregando el precio recibido.

    c. Si la cosa se perdió por culpa del deudor, este queda obligado al resarcimiento de daños y perjuicios.

    3. Deterioros o menoscabos.

    a. Cuando la cosa se deteriora sin culpa del deudor, el menoscabo es por cuenta del acreedor, que recibirá la cosa tal como se encuentre.

    b. Si se deteriora por culpa del deudor, el acreedor podrá optar entre exigir la entrega o resolver la obligación, con indemnización de daños y perjuicios en ambos casos.

    4. Mejoras experimentadas por la cosa.

    a. Si la cosa mejora por su propia naturaleza o por el tiempo transcurrido, las mejoras ceden a favor del acreedor, sin compensación alguna.

    b. Si la cosa mejora a expensas del deudor, éste tendrá el derecho reconocido al usufructo.

    Falta del suceso condicionante:

    Cuando la condición suspensiva no se verifica dentro del tiempo previsto y cuando fuese indudable que el suceso no tendrá lugar, //la obligación se extinguirá// (Art. 1117)
    < anterior | 1 .. 20 21 22 23 24 .. 46 | siguiente >

    Autor y licencia de 'Manual del Derecho Civil'


    Apuntes de Patatabrava.com: www.patatabrava.com, el portal de los universitarios. . Extraido de: http://www.patatabrava.com/apunts/documents/dci_2.doc CopyLeft
    Reconocimiento-NoComercial 2.0
    Este contenido ha sido recopilado por el equipo de Wikilearning. Todo el contenido recopilado se ha obtenido respetando y comunicando en nuestro site la licencia de cada fuente.