Desde
1952 la
CECA ya cuenta con sus organismos que se aplican a las nuevas instituciones si bien con sustanciales diferencias, así, los órganos menores (
Asamblea de Parlamentarios; Tribunal de Justicia y Consejo Económico y Social) sirven para las tres instituciones (
CECA; CEE y EUROTOM).
Pero los tratados añaden la
Comisión y
Consejo de Ministros tan solo para la
CEE y
Eurotom (
lo que para la CECA era la Alta Autoridad) y eso es así porque no se acaban de fiar del poder que tiene otorgado la
Alta Autoridad y no desean que ni la
CEE ni
Eurotom tenga organismos con el mismo nivel de atribuciones. Además, la
Comisión se dedicará a ratificar las decisiones del
Consejo de Ministros. Se abandona por tanto la idea supranacionalista que presidió la creación de la
CECA.
Posteriormente la
Alta Autoridad se disolverá y se integrará en la
Comisión: de tal manera que quedan equiparados los poderes.
Por tanto se puede decir que en
Roma surge una estructura dual: una común para todos y otra específica para la
CEE y
Eurotom.
þ
La Asamblea.
Sigue teniendo poderes simbólicos. Sus miembros son elegidos por los
Parlamentos nacionales de los países miembros:
Francia, Italia y Alemania 36; Países Bajos y Bélgica 14 y Luxemburgo 6.
Puede censurar a la
Comisión e incluso destituirla (
pero no puede cesar o destituir a un miembro individualmente, además, si la Comisión decide volver a situar a los mismos miembros destituidos, no puede hacer nada).
þ
La Comisión
Compuesta por
9 miembros elegidos por los
Estados miembros cada
4 años con la particularidad de que no pueden existir mas de
2 por país. En la votaciones, cada miembro lo hace de manera independiente y, en principio ni reflejan ni representan la opinión de los estados por los cuales fue elegido.
þ
El Consejo.
Está formado por un representante de cada país con un presidencia rotatoria cada
seis meses, si bien en las decisiones, lo votos son ponderados (
cada voto tiene una calidad –peso– diferente en función del país que represente, así, Francia, Alemania e Italia son 4, Bélgica y Países Bajos son 2 y Luxemburgo es uno).
Cuando la decisión que deba adoptar el
Consejo proviene de una propuesta de la
Comisión, es preciso alcanzar
12 votos. Si no es así, también precisa los
12 votos pero tienen que proceder de
4 países como mínimo (
se intenta de esta manera que Francia, Alemania e Italia tengan un control).
þ
El Tribunal de Justicia.
Compuesto por
7 miembros con poder para destituir la
Comisión, así como para supervisar la decisiones de la propia
Comisión y del
Consejo.
En relación con la
CECA, debe destacarse que, la
Comisión pierde el poder de decisión a favor del
Consejo.
Por otra parte señalar que, la
CEE no tiene ninguna atribución de carácter político, todas son de carácter económico.
Creación de la EFTA (1959): la alternativa británica
Gran Bretaña, que no renuncia a su proyecto de unión arancelaría intenta hacer la competencia a la
CEE. El
1 de junio de 1959, en
Suecia se reúnen (
GB, Dinamarca, Noruega, Suecia, Austria, Suiza y Portugal) y crean el
EFTA. En realidad no funciona y se llega a constituir un
Espacio Económico Europeo para establecer relaciones entre
EFTA y
CEE. Pero el
EFTA acabará en realidad convirtiéndose en un complemento de la
CEE.
EFTA. Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA, siglas de European Free Trade Association). Organización creada en 1959 con el objeto de crear un área de libre comercio paralela a la CEE. Los países fundadores fueron Austria, Dinamarca, Gran Bretaña, Noruega, Portugal, Suecia y Suiza, a los que se añadieron en 1970 Islandia, en 1986 Finlandia (que estaba asociada desde 1961) y en 1991 Liechtenstein.
Las primeras fisuras en el bloque se produjeron en 1972, cuando Reino Unido y Dinamarca lo abandonaron tras su ingreso en la CEE. Igual cosa ocurrió con Portugal (1986). Desde mediados los años ochenta la EFTA y la CEE han mantenido una política de acercamiento continuo con la integración de Finlandia, Suecia y Austria en el Mercado Común. En 1991 ambos organismos acordaron la creación del Espacio Económico Europeo a fin de establecer unas relaciones lo más fluidas posible. Actualmente los países miembros de la EFTA son Islandia, Lichtenstein, Noruega y Suiza. © Planeta Grandes Obras, S.A., 1999
La Unión Europea, tal como la conocemos hoy, es el resultado de un largo proceso iniciado en 1950 por los promotores de la Europa comunitaria. Es en esa fecha cuando nacen las dos corrientes de pensamiento que han dado cuerpo al proceso de integración comunitaria: federalista y funcionalista. Ambos confluyen hoy en el convencimiento de que debe existir un poder europeo que se asiente en unas instituciones democráticas e independientes, con capacidad para regir aquellos sectores en los que la acción común resulta más eficaz que la de los Estados individualmente: mercado interior, moneda, cohesión económica y social, política exterior y seguridad.
Tras la Segunda Guerra Mundial, es Robert Schuman, Ministro de Asuntos Exteriores francés quien, inspirado por Jean Monnet, lanza el 9 de mayo de 1950 la revolucionaria propuesta de poner en común la producción franco-alemana de carbón y acero, creando una organización a la que pudieran sumarse otros países. Además del evidente interés económico, la puesta en común de los recursos franceses y alemanes complementarios suponía acabar con el antagonismo franco-alemán: Alemania era considerada por Francia como socio en igualdad de derechos y esto hacía inviable una nueva guerra entre ambos, al tiempo que creaba un embrión de comunidad política europea.
Nace así la
Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), constituida por medio del Tratado de París el 18 de abril de 1951, sobre la base del principio de que, en palabras de Jean Monnet. "Europa, no se construiría de golpe, sino a través de realizaciones concretas, creando una solidaridad de hecho". En la CECA se integran Francia, Italia, Alemania, Bélgica, Holanda y Luxemburgo.
Paralelamente a la creación de la CECA surge la idea de crear un ejército europeo. Así pues, basándose en el modelo de la CECA se negoció y firmó por los seis en 1952 el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de Defensa (CED). Esta integración pretendía utilizar los recursos humanos e industriales de Alemania para la defensa común, obviando los inconvenientes de un ejército nacional alemán. Y como se entendió que no era posible un ejército europeo sin una política exterior común, se elaboró un proyecto de Comunidad Política Europea. Finalmente, ambos proyectos fueron abandonados al negarse la Asamblea Nacional Francesa a ratificar el Tratado CED en 1954.
A pesar de este fracaso, los Estados seguían manteniendo su voluntad de seguir adelante con la construcción europea. Esto les llevó a constituir una
Comunidad Económica Europea (CEE) y una
Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM), instituidas por los Tratados de Roma el 27 de marzo de 1957.
Los objetivos que la CEE perseguía eran la creación de una Unión Aduanera que garantizase la libre circulación de mercancías, servicios, personas y capitales. Además preveía la creación de cierto número de políticas comunes como la agrícola, de transporte y comercial.
Llegó luego el momento de unificar las instituciones que aseguraban el cumplimiento de las tareas encomendadas a cada una de las tres comunidades, gracias al Acuerdo de Fusión de los Ejecutivos, firmado en Bruselas en 1965, que constituyó un único Consejo de Ministros y una única Comisión para las tres. (Ya existían un Parlamento y Tribunal de Justicia únicos).
El marco institucional quedó entonces dibujado de la siguiente forma:
La Comisión, cuyo objetivo era velar por la aplicación de las disposiciones de los Tratados y aquellas adoptadas en aplicación de los mismos, para lo que formulaba proposiciones al Consejo de Ministros y las aplicaba.
El Consejo de Ministros, que decidía a partir de las proposiciones de la Comisión.
El Parlamento, encargado de asegurar el control democrático de la Comisión.
El Tribunal de Justicia que asegura el control jurisdiccional.
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