Antecedentes de entre guerras (Coudenhove-Kalergi, Briand)
El mito europeísta cuenta con una retórica compleja e incluso histórica (Carlomagno, Napoleón, etc.). En la actualidad cuenta con unos antecedentes republicanos basados en la participación ciudadana y los acuerdos entre los pueblos.
Destaca Coudenhove-Kalergi que en el periodo entre guerras defiende una unión paneuropea similar a la corona austro-húngara.
Briand, (europeísta de los años 20), propone un ligazón federal europeo en la Sociedad de Naciones.
Estos dos intentos, son bien recibidos en Europa y en los años 20 y 30 en círculos se discute sobre la federalización. El debate se interrumpe por el auge del fascismo y la 2ª GM.
En los años 40, Gran Bretaña se convierte en los ideólogos del paneuropeísmo, y la misma retórica es adoptada por De Gaulle desde su gobierno en el exilio.
El movimiento pacifista será quien mas apostará por el europeismo en base a una ecuación: la mayor parte de las guerras que conocemos, vienen dados por conflictos entre países europeos si conseguimos un nivel de institucionalización en las relaciones entre los estados europeos, se logrará acabar con las futuras guerras.
Al final de la 2ª GM, la mayoría de los federalistas creen que puede aplicar su proyecto de futuro y se produce un nuevo impulso del paneuropeísmo.
Discurso de Zurich (1946): Estados Unidos de Europa.
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l 12 de septiembre de 1946, Churchill pronuncia una conferencia donde expone unos planteamiento sobre el futuro de Europa. Es bastante ambiguo. Habla de un Consejo de Europa que debe llevar adelante el futuro de los Estados Unidos de Europa, situando para ellos varios pasos o fases:
1ª. Una unión aduanera (supresión de fronteras)
2ª. La defensa común y la unión monetaria.
Además, concede un papel primordial al eje franco-germánico, señalando que la reconciliación de estos dos países es vital para tirar adelante el proyecto.
Por otra parte, Churchill, no define detalladamente los Estados Unidos de Europa ni el papel que Gran Bretaña debe jugar en ese proceso, es más ya decía que esa unión debería hacerse sin el concurso de Gran Bretaña, al menos de momento, si bien este país debía participar activamente para que en otro momento se pudiera incluir (ambigüedad).
Churchill rompe con el discurso intelectual llevado hasta entonces primero porque es un político y propone soluciones políticas, así pues, supone una cierta fractura con los partidarios del federalismo y segundo porque Churchill va un poco más allá, propone la creación de instituciones comunes fuertes. Esto provoca una cierta escisión entre los que como Francia proponen la vieja idea federalizante y los que como Gran Bretaña proponen la nueva idea unionista. Este debate se traslada tanto a los intelectuales como a la opinión pública.
Congreso de La Haya (1948): fractura federalistas versus unionistas
En mayo de 1948, convocados por intelectuales y movimiento de distintos países se reúnen en La Haya mas de 1.000 personas para debatir varios temas. En el encuentro se hallan presentes todas las ideologías (excepto la comunista) y el resultado del encuentro es la fragmentación de unionista y federalistas.
Los federalistas son más, pero Churchill cuenta con bastante apoyo y sobre todo con su propio carisma por lo que la resolución que acaba siendo un refuerzo para las posturas unionistas, sitúa:
· Un mensaje a los europeos (un manifiesto) en el que se propugna que se creen las nuevas instituciones (entre ellas y, como ideas innovadoras la creación de un Tribunal Europeo de Justicia) y, los estados redactan y aprueban una Carta Europea de Derechos Humanos.
· La creación de un movimiento europeo (una ONG que agrupa a otros movimiento y personalidades) implicada en la construcción europea y en la que están la mayor parte de políticos de los años 50, 60 y 70. Es decir, por su composición, no se trata de un movimiento de base sino de personalidades, de poderosos.
Las ideas de La Haya tienen bastante repercusión y varios países ratifican su compromiso respecto a las conclusiones (Francia, Bélgica....).
Reconciliación franco-alemana como base del proceso.
Se da por explicado en el conjunto del tema.
El Consejo de Europa (1949): cooperación internacional clásica
Consejo de Europa
Organismo de cooperación intereuropeo (independiente de la UE) creado en 1949. Tiene como fin fomentar el progreso económico y social de sus miembros y llevar a término los ideales y principios europeístas así como salvaguardar los ideales democráticos y las libertades.
Lo fundaron diez países de Europa Occidental: Bélgica, Dinamarca, Francia, Países Bajos, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Reino Unido y Suecia. A ellos se adhirieron Grecia (retirada en 1969 y readmitida en 1974), Islandia y Turquía (1949), Alemania Occidental (1951), Austria (1956), Chipre (1961), Suiza (1963), Malta (1965), Portugal (1976), España (1977) y Liechtenstein (1978).
Sus órganos principales son: la Asamblea parlamentaria que está formada por representantes designados por los parlamentos nacionales, cuya actividad principal es formular recomendaciones; el comité de ministros, compuesto por los ministros de Asuntos Exteriores de cada país miembro que delibera sobre los asuntos que le son recomendados por la Asamblea; la Secretaría General, cuya importancia ha ido aumentando por las facultades que le concede la Convención Europea de Derechos Humanos. Las decisiones del Consejo no tienen poder de decisión obligatoria respecto a los estados miembros. Su sede se halla en Estrasburgo.
Organismos asociados: En la actualidad, está representado por cuarenta países. En su última cumbre, celebrada en Estrasburgo en 1997, se planteó dotarse de un plan para apuntalar la democracia y los derechos humanos en el continente europeo. Tiene previsto la creación de una institución europea para luchar contra la corrupción, el crimen organizado y el terrorismo.
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us funciones son estrictamente políticas y destaca por su labor a favor de los DDHH de las minorías y la cooperación cultural entre sus miembros. Destacar la Conferencia Europea de los DDHH de 1950 creada por el Consejo de Europa y el Tribunal Europeo de los DDHH de 1955. Señalar que en este sentido ha llevado a cabo una gran labor de coordinación y asistencia. Curiosamente, Turquía es miembro del Consejo de Europa.
Historia
El Consejo de Europa es la más antigua de las organizaciones políticas de Europa Occidental. Su Estatuto, firmado el 5 de mayo de 1949 en Londres, le dota de dos órganos, un Comité de Ministros y una Asamblea Parlamentaria. Esta Asamblea, órgano deliberante del Consejo de Europa, celebró su primera sesión el 10 de agosto de 1949 y puede considerarse como la más antigua Asamblea parlamentaria pluralista e internacional, compuesta por parlamentarios elegidos democráticamente, que representan a las fuerzas políticas de sus Estados miembros.
El Consejo de Europa, que en origen reagrupaba solo a diez Estados miembros, cuenta en la actualidad con 40 y tiene como fin estatutario realizar una unión más estrecha entre sus miembros, mediante la organización de debates, la conclusión de acuerdos y la adopción de una política común, a fin de promover los ideales que les son comunes, favorecer el progreso económico y social, el desarrollo de los valores humanos, la defensa de los principios de la democracia parlamentaria y la salvaguarda y desarrollo de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Solo los países que responden a las condiciones de adhesión, a saber, una democracia pluralista, la primacía del derecho y el respeto de los derechos humanos, pueden ser miembros
Composición
La Asamblea parlamentaria del Consejo de Europa cuenta con un total de 572 miembros (286 titulares y 286 suplentes), representantes de cada Estado miembro, a los que hay que añadir 20 invitados especiales y 12 observadores. Mientras que en el seno del Comité de Ministros, cada Estado miembro tiene un voto, en el seno de la Asamblea Parlamentaria es el tamaño del país el que determina el número de representantes y por lo tanto sus votos.
Cada Estado miembro es libre de elegir el modo de designación de sus representantes en la Asamblea parlamentaria, a condición de que sean designados entre los miembros. La composición política de cada delegación nacional debe reflejar la representación de los diferentes partidos en el seno de los parlamentos respectivos.
Organización
Con el fin de que prevalezca el punto de vista europeo y no nacional, se ha fomentado la formación de grupos políticos, que cuentan con ciertos derechos reconocidos por el Reglamento. La Asamblea en la actualidad está constituida por cinco grupos políticos: el Grupo Socialista, el Grupo del partido popular europeo, el Grupo de los demócratas europeos, el Grupo liberal y reformador y el Grupo de izquierda unitaria europea.
La Mesa de la Asamblea se compone del Presidente y de 18 Vicepresidentes, así como de los Presidentes de los Grupos políticos o de sus suplentes.
La Comisión Permanente está compuesta por la Mesa de la Asamblea, los Presidentes de las comisiones generales y los miembros designados por la Asamblea. Generalmente se reune al menos cuatro veces al año, actuando en nombre de la Asamblea cuando ésta no está en sesión. Designa entre sus miembros a los representantes de la Asamblea en el Comité Mixto, encargado de la coordinación de las actividades entre el Comité de Ministros y la Asamblea.
La Asamblea elige también al Secretario General del Consejo de Europa, al Secretario General Adjunto, al Secretario General de la Asamblea y a los jueces del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Textos de la Asamblea
La Asamblea adopta cuatro tipos de textos:
Recomendaciones: proposiciones dirigidas al Comité de Ministros
Resoluciones: reflejan las decisiones de la Asamblea sobre cuestiones que ella puede regular
Opiniones o dictámenes: formulados por la Asamblea sobre cuestiones que le son sometidas por el Comité de Ministros, como la adhesión de nuevos Estados miembros, los proyectos de convenciones, etc.
Directivas: instrucciones dirigidas por la Asamblea a una o varias de sus comisiones.
Las declaraciones escritas permiten a los miembros de la Asamblea tomar posición públicamente sobre cuestiones de interés europeo.