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Consolidación de Estados Contables - Los Estados Contables

Artículo creado por Cristian Schlegel. Extraido de: http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/consoledoscont.htm
21 de Mayo de 2006
Estados financieros

1 - Los Estados Contables

Inversiones transitorias o temporales. El objeto fundamental es la de absorber costos de oportunidad, y el beneficio puede surgir de la renta, como de la diferencia de precio entre la compra y la venta.
Inversiones permanentes. Se busca la integración económica que facilite el desarrollo de las operaciones principales de la empresa.
Acciones. Son cuotas partes en que se divide el capital de una Sociedad Anónima.

Clasificación de acciones:
Acciones preferidas. Acuerdan a los titulares ciertas prioridades para el cobro de dividendos o, en caso de liquidación, para el reembolso del capital integrado. Las prioridades son con relación a las acciones ordinarias. Estas no percibirán dividendos si no existen ganancias líquidas y realizadas.
Desde el punto de vista jurídico constituyen el capital de las S.A. (capital preferido). Desde el punto de vista económico pueden ser consideradas un pasivo, si analizamos su comportamiento (renta fija, rescatables, no tienen derecho a voto, etc.).
Acciones Ordinarias. Configuran el verdadero aporte de capital. Sus titulares toman decisiones en, materia de designación de sus directores, distribución de utilidades, reformas de estatutos, etc. No poseen renta fija, sino que dependen de los resultados y de la política de la empresa. Es a través de estas acciones donde se concretan habitualmente las inversiones permanentes.

Derechos económicos que acuerdan las acciones:
Dividendos: En efectivo
En acciones de la propia empresa
En especie
Capitalización de Reservas.
Preferencia en la suscripción de nuevas acciones y eventual venta del derecho (venta de cupones)
División de acciones
Ejercicio del derecho de receso y en la amortización de acciones
Liquidación de la sociedad
Sociedades Controladas

El artículo 33 de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales, define a las Sociedades Controladas diciendo: "Son Sociedades controladas aquellas en que otra sociedad, en forma directa o por intermedio de otra sociedad a su vez controlada:
Posea participación que otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas ordinarias.
Ejerza una influencia dominante como consecuencia de acciones, cuotas o partes de interés poseídas, o por los especiales vínculos existentes entra las sociedades."

Sociedades Vinculadas
Cuando una participe en más del 10% del capital de otra.
La sociedad que participe en más del 25% del capital de otra, deberá comunicárselo a fin de que su próxima asamblea ordinaria tome conocimiento del hecho.
Artículo 62 tercer párrafo de la Ley 19.550: "las sociedades controlantes deberán presentar como información complementaria, Estados Contables anuales consolidados, confeccionados con arreglo a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y a las normas que establezca la autoridad de contralor".

Resolución Técnica N° 4 De La F.A.C.P.C.E.
La R.T. 4 al hablar de consolidación de Estados Contables, expresa:
Obligación a presentar Estados Contables consolidados a los matriculados,
Obligación de presentarlo a aquellos ejercicios iniciados a partir del 23 de setiembre de 1.983,
Los Estados Contables consolidados se presentarán como Anexo integrante de los Estados Contables de las sociedades controlantes (art. 33 Ley 19.550)
Obligatoriedad de presentar Estados Contables en los informes o dictámenes sobre Estados Contables de períodos intermedios.
Alcance: la sociedad controlante debe poseer más del 50% del capital y de los votos necesarios para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas ordinarias de la controlada.

Objetivos De La Consolidación
Presentar la situación patrimonial y financiera y los resultados de las operaciones de un grupo de sociedades relacionadas en razón de un control común, como si el grupo fuera una sola sociedad.
Los Estados consolidados permiten apreciar su tamaño, volumen de operaciones, situación patrimonial y financiera y resultados de sus operaciones.

Valuación De La Inversión En La Sociedad Controlante
El método de preparación de los Estados Contables consolidados es válido cualquiera sea el criterio de valuación de las participaciones en los Estados Contables de la sociedad controlante.

Se debe aplicar el método del Valor Patrimonial Proporcional de acuerdo a las normas de la Resolución Técnica N°5.

Normas Sobre Consolidación
Estados consolidados. Son los de un grupo económico constituido, en razón de la existencia de un control común, por la sociedad controlante y las sociedades controladas por ella, dando consideración a los intereses de terceros ajenos a los propietarios de la sociedad controlante.
Sociedad controlante. Artículo 33 inc. 1 Ley 19.550. Cuando se posea participación por cualquier título que otorgue los votos necesarios para formar la voluntad social en las reuniones sociales o asambleas ordinarias.
Votos necesarios para formar la voluntad social, implica poseer más del 50% de los votos posibles, en forma directa o indirecta, a la fecha de cierre del ejercicio de la sociedad controlante.
Los Estados Contables de una sociedad controlante deben incorporar como información complementaria de ellos a los Estados Contables consolidados a la misma fecha.
Regla General: los Estados Contables de todas las sociedades integrantes del conjunto deben ser consolidados.
Si alguna de las sociedades integrantes del conjunto económico desarrollara actividades no homogéneas, no se considera razón suficiente para omitir la consolidación.
Es necesario incluir en una sola línea de los Estados Contables consolidados la inversión en sociedades con actividades muy heterogéneas. En este caso la inversión debe valuarse por el método del Valor Patrimonial Proporcional

Requisitos Para Consolidar Estados Contables
Los Estados Contables de todas las sociedades integrantes del ente consolidado deben ser preparados a la fecha de los Estados Contables consolidados y abarcando igual período de tiempo, pudiéndose preparar Estados Contables especiales a efectos de la consolidación.
En forma excepcional, podrán utilizarse Estados Contables cuyo cierre no exceda los tres meses de la fecha de cierre de la consolidante.
Las normas contables a utilizar, deben ser similares a todos los integrantes del ente consolidado: valuación de activos y pasivos, medición de resultados, procedimientos de reexpresión en moneda constante a la fecha de cierre, procedimiento de conversión originalmente expresados en otras monedas, clasificación de partidas en los Estados Contables.
Estado de Situación Patrimonial: las inversiones en sociedades controladas son sustituidas por los activos y pasivos de estas, los que se agrupan con los de las sociedad controlante. Debe segregarse la porción del Patrimonio Neto total perteneciente a la participación minoritaria.
Estado de Resultados: el resultado por las inversiones en empresas controladas debe sustituirse por las partidas de los Estados de Resultados de estas, los que se agrupan con los de la sociedad controlante.
Debe segregarse la porción del resultado del ejercicio atribuible a la participación minoritaria, neta de su efecto impositivo.
En caso de que existan errores contables en los Estados Contables, deberán ajustarse antes de las eliminaciones. Eliminaciones: Los créditos y deudas entre los miembros del ente consolidado, previa conciliación. Los resultados no trascendidos a terceros y originados por operaciones entre miembros del ente consolidado.
Las sociedades controladas que formen parte de un grupo económico deben comunicarlo en notas a los Estados Contables. Los Estados Contables consolidados deberán ser transcriptos en el Libro de Inventarios y Balances de la sociedad controlante.

Definición De Valor Patrimonial Proporcional Según La R.T. 5:
Se entiende por Valor Patrimonial Proporcional al resultante de aplicar al Patrimonio Neto de la sociedad emisora la proporción de la tenencia en acciones ordinarias que corresponde a la empresa inversora.
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Cristian Schlegel Extraído de: http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/consoledoscont.htm

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