La Constitución de Marte - ARTÍCULO 2. DEPARTAMENTO EJECUTIVO
Artículo creado por Kim Stanley Robinson. Extraido de: http://www.lainsignia.org/2004/julio/cul_022.htm
27 de Septiembre de 2005
Escritura, Historia de la literatura
3 - ARTÍCULO 2. DEPARTAMENTO EJECUTIVO
Sección 1. El consejo ejecutivo
1. Formarán al consejo ejecutivo siete miembros, elegidos por la duma cada dos m-años. Los miembros de consejo ejecutivos deben ser residentes de Marte en el momento de su designación, y por lo menos de diez m-años de edad.
2. El consejo ejecutivo elegirá a uno de sus miembros como presidente del consejo, usando un sistema australiano de votación. También elegirá o designará un número razonable de directores requeridos para ayudar a realizar sus diversas funciones.
Sección 2. Poderes del consejo ejecutivo
1. El consejo ejecutivo dirigirá la policía y la fuerza global de seguridad en la defensa de Marte, y en el mantenimiento y la aplicación de la constitución en Marte.
2. El consejo ejecutivo tendrá el poder, sujeto a examen y aprobación del congreso, para hacer tratados con las instituciones políticas y económicas de la Tierra (y las demás entidades políticas en la Sistema Solar, según lo indicado en la Enmienda 15).
3. El consejo ejecutivo elegirá o designará un tercio de los miembros de la corte ambiental, y la mitad de los miembros de la corte constitucional.
1. Formarán al consejo ejecutivo siete miembros, elegidos por la duma cada dos m-años. Los miembros de consejo ejecutivos deben ser residentes de Marte en el momento de su designación, y por lo menos de diez m-años de edad.
2. El consejo ejecutivo elegirá a uno de sus miembros como presidente del consejo, usando un sistema australiano de votación. También elegirá o designará un número razonable de directores requeridos para ayudar a realizar sus diversas funciones.
Sección 2. Poderes del consejo ejecutivo
1. El consejo ejecutivo dirigirá la policía y la fuerza global de seguridad en la defensa de Marte, y en el mantenimiento y la aplicación de la constitución en Marte.
2. El consejo ejecutivo tendrá el poder, sujeto a examen y aprobación del congreso, para hacer tratados con las instituciones políticas y económicas de la Tierra (y las demás entidades políticas en la Sistema Solar, según lo indicado en la Enmienda 15).
3. El consejo ejecutivo elegirá o designará un tercio de los miembros de la corte ambiental, y la mitad de los miembros de la corte constitucional.
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