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Renovándonos - NOTICIAS SOCIALES

Artículo creado por Marcela
25 de Abril de 2008
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2 - NOTICIAS SOCIALES

REQUISITOS PARA DIRIGIR LA EDUCACIÓN
Con el propósito de lograr efectividad en la administración de la educación a nivel territorial, el Representante a la Cámara por el departamento de Boyacá Jorge Hernando Pedraza Gutiérrez radicó en el Congreso de la República un proyecto de ley encaminado a establecer requisitos para ejercer los cargos de Secretario y Subsecretario de Educación en departamentos, distritos y municipios.

Señala la iniciativa que “para ejercer cargos de secretario y subsecretario de Educación en las entidades territoriales del país se deben reunir los siguientes requisitos relacionados con: preparación académica; experiencia específica mínima de cinco años; experiencia docente certificada de mínimo dos años como profesor, asesor pedagógico o consejero educativo de tiempo completo en un establecimiento educativo oficial o privado debidamente reconocido por la dependencia oficial correspondiente; conocimientos específicos en legislación y organización del sector educativo.

En la exposición de motivos el Representante Pedraza anota que la efectividad en la administración del sector educativo depende, por supuesto, de muchos factores. Sin embargo, considera que “existe uno definitivo: el humano. Un profesional bien preparado intelectualmente, idóneo en el manejo de la cosa pública, conocedor del sector, experto en el campo administrativo, sólido en su formación moral y abierto a las corrientes modernas de gerencia y gestión es el ideal para manejar la educación”.

Explicó el parlamentario que le surgió la inquietud de presentar el proyecto en tal sentido por cuanto “en Colombia a dirigir el sector educativo de un municipio, de un distrito, de un departamento o hasta del mismo país, llegan personas sin una preparación intelectual sólida, sin experiencia en el área educativa y sin la más mínima idea de lo que es el trabajo pedagógico”. Aseguró que “este fenómeno, producto de la irresponsabilidad y de la falta de conciencia de los dirigentes y de los gobernantes, es el causante de muchos de los problemas administrativos y, desde luego, sociales que padecemos”.

Los requisitos

Los requisitos que se establecen en el artículo primero del proyecto son los siguientes:

1. Título de licenciado en educación o de profesional en cualquiera de las siguientes áreas: administración educativa, administración pública, administración de empresas o derecho.

2. Título de postgrado en ciencias administrativas, preferiblemente en el campo educativo, o en derecho administrativo. En los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría no será obligatorio este requisito.

3. Experiencia específica mínima de cinco años en cargos directivos docentes o en cualquiera de los siguientes niveles jerárquicos en el sector educativo: directivo, asesor, ejecutivo o profesional.

4. Realizar el curso de inducción al que se refiere el artículo siguiente de la presente Ley. Sin este requisito no podrá posesionarse ningún funcionario como secretario o subsecretario de educación en las entidades territoriales del país.

5. Experiencia como docente o como asesor pedagógico o consejero educativo en establecimientos de educación básica o media, mínima de dos años.



NO AL COBRO DE DERECHOS DE AUTOR EN EVENTOS CULTURALES
Para que la realización de eventos de promoción masiva cultural no genere cobro de derechos de autor, el Representante a la Cámara Jorge Hernando Pedraza presentó un proyecto de ley mediante el cual se modifica el artículo 164 de la Ley 23 de 1982.

La iniciativa, radicaba bajo el número 27 del 22 de julio del año en curso, establece que se considerará como ejecución pública, y en consecuencia no implicará pago de derechos de autor, la que se efectúe con fines educativos y de promoción masiva cultural, dentro de recinto cerrado o abierto, siempre que no se cobre suma alguna por el derecho de entrada.

“El proyecto ha surgido ante el desestímulo y la desmotivación que ha generado en directivos y funcionarios de entidades sin ánimo de lucro e instituciones estatales organizadoras de eventos de difusión cultural el cobro de derechos de autor”, explicó el Representante Pedraza. Agregó que “en muchos casos los organizadores de este tipo de certámenes decidieron no llevarlos a cabo, pues si en la mayoría de las veces no les alcanza el dinero que logran conseguir para cubrir los costos del evento, mucho menos van a tener para pagar derechos de autor”.

Dijo el congresista que eventos como el Concurso Mono Núñez de Ginebra, Valle del Cauca, y el Concurso Nacional de Bandas en Paipa, Boyacá, tienden a desaparecer si no se corrigen, a través de mecanismos legales, problemas como el señalado.

A su turno, voceros de las entidades y organizaciones que promueven eventos de difusión cultural masiva le expresaron a Pedraza Gutiérrez su satisfacción por la presentación de dicha iniciativa legislativa.
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