Los warrants son productos financieros complejos, de ahí que el problema a la hora de definir qué es un warrant se acreciente ante la cantidad de modalidades de valores negociables que llevan esa denominación.
Warrants de compra
Estos le dan derecho a su tenedor a comprar el activo al precio de ejercicio. La liquidación se produce, si es positiva, entre la diferencia entre el precio de liquidación y precio de ejercicio.
Warrants de venta
Estos le dan derecho a su tenedor a vender el activo al precio de ejercicio. La liquidación se produce, si es positiva, entre la diferencia ente el precio de ejercicio y el precio de liquidación.
Warrants a la Europea
El derecho que incorporan solo puede ser ejercido en una fecha determinada que es la fecha de vencimiento del warrant.
|| El inversor podría obtener beneficios cuando el precio de los activos aumente considerablemente, pero casi nunca pierde, ya que si el precio de estos baja el tomara la decisión de no adquirir el activo. ||
Warrants a la Americana
El derecho que incorporan puede ser ejercido durante toda la vida del warrant hasta su vencimiento.
Warrants "Bermudas"
El derecho que incorporan se puede ejercitar en varias fechas determinadas a lo largo de la vida del warrant, incluida la fecha de su vencimiento.
Warrants sobre índices
Estos pueden ser warrants de compra sobre índices y warrants de venta sobre índices. Los primeros dan al titular adquirente derecho a percibir la diferencia en efectivo, si existe, entre el valor del índice en la fecha de ejercicio y el valor estimado del mismo en las condiciones de la emisión. El titular de un warrant de venta sobre índices adquiere el derecho a percibir la diferencia en efectivo, si existe, entre el precio estimado al inicio de la emisión y el valor del índice en la fecha de ejercicio.