Entendemos por diplomático aquel agente que envía un Estado (acreditante) ante otro Estado (receptor) para desarrollar las relaciones entre ambos. Las normas de regulación de la actividad fueron, en su mayoría, de orígen consuetudinario, cristalizándose en la Convención de Viena sobre las Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961.
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Tito, es profesional en ciencias jurídicas, posgrado en derecho penal y criminología; maestría en ciencias sociales: planificación estrategica; mención investigacione...