Apuntes de Derecho Laboral ecuatoriano (teoría y práctica) - Requisitos y características del contrato de trabajo

4 - Requisitos y características del contrato de trabajo

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Curso gratis creado por Gabriel Hidalgo Andrade.
17 de Marzo de 2008
5. REQUISITOS ESENCIALES PARA LA VALIDEZ DEL CONTRATO DE TRABAJO.-

Como condición esencial y necesaria para la existencia y validez de un contrato de trabajo se requiere que éste cumpla con ciertos requisitos, que no son otros que los que admite la teoría civilista en los contratos de orden privado, es decir:

• El consentimiento : que es la expresión de la voluntad
• El objeto: actividad o servicio retribuido.
• La causa: causa económico-social que incita a las partes a formalizar el contrato. Tiene que ser lícita.
• Forma: La forma es el modo de exteriorizar el contenido de un contrato. Puede ser de forma escrita o verbal.

Requisitos a los que en la ciencia jurídico-laboral, se agrega otros de carácter peculiar como son:

La subordinación o dependencia.- Declara el estado de limitación de al autonomía del trabajador que se halla sometido a la voluntad del patrono o empleador, pero no a través de una completa sumisión personal, sino de una sumisión estrictamente funcional en virtud de la cual se coordinan u unifican las actividades laborales.

La prestación personal.- Ha de entenderse como la prestación de un servicio de carácter personal, para que la calificación de la relación jurídica entre quien debe realizar el trabajo y el que lo recibe o se beneficia de él, se presuma como un contrato de trabajo.

La remuneración.- Que no es otro cosa que el sueldo o salario que debe percibir el trabajador por la prestación de servicios, en virtud del contrato de trabajo sea éste verbal o escrito.

La Ajenidad.- Es una condición esencial atribuir a un tercero los beneficios del trabajo, es aquel en que la utilidad patrimonial del trabajo se atribuye a persona distinta del propio trabajador.

6. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO

El contrato de trabajo es un contrato consensual, bilateral, oneroso, conmutativo, nominado o típico y de ejecución sucesiva o de tracto sucesivo.
• Consensual: Se forma sólo con el consentimiento de las partes. Sin embargo la ley exige que se deje constancia escrita del mismo.
• Bilateral: Impone derechos y obligaciones para ambas partes.
• Oneroso: tiene por objeto la utilidad de las dos partes.
• Conmutativo: Las obligaciones de las partes se miran como equivalentes. Por eso es importante que el trabajo sea justamente retribuido.
• Tracto sucesivo: Es un contrato que se va desarrollando a través del tiempo.
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26 opiniones

Felicitaciones por compartir sus conocimientos!!!

Le saluda el Ab. Giovanny Crespo C, recientemente me incorpore e Abogado el martes 17 de noviembre del 2009. El ejemplo de como llenar el Visto Bueno me parece maravilloso y a la vez que usted comparte sus conocimientos, siga a delante y le deseo exito tambien!!!
GRACIAS

GRACIAS POR ESCRIBIR ESTOS ARTICULOS........
PERO QUE PODEMOS HACER SI VEMOS QUE CADA VEZ EXISTE MAYOR EXPLOTACION LABORAL. QUE EL RICO SE HACE MAS RICO, EXPLOTANDO AL POBRE. QUE EN N UESTRO MEDIO EXISTE PERSONAS QUE TRABAJAN DE LUNES A SABADO DE 8 DE LA MAÑANA A 8 DE LA NOCHE Y CON UN SUELDO QUE NO LLEGA NI AL BASICO.........
SI SE PONEN DENUNCIAS Y SIMPLEMENTE QUEDAN EN ESO, DENUNCIAS....... PORQUE SON SOBORNADOS POR LOS DUEÑOS DE EMPRESAS...
A QUIEN SE PUEDE RECURIR EN ESE CASO? O QUE SE PUEDE HACER?
gracias

muy bueno gracias por tu ayuda
derecho trabajo

trabajo
agradecimiento

realmente es un gusto leer este articulo porque existen lastimosamente pocas personas que expongan sus conocimientos es de gran ayuda para los estudiantes del derecho que realmente buscamos prepararnos y conocer mas acerca del derecho laboral ecuatoriano
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