==== Evolución del copyright ====
Desde la aparición de la imprenta los autores e impresores quedan sujetos a que su actividad necesitase de una autorización real y otros permisos otorgados por autoridades religiosas antes de realizar la publicación. Parece ser que fue en Inglaterra, sobre 1740 donde se encuentran los primeros antecedentes del actual //copyright //orientado a proteger los intereses de los autores y asegurarles su propiedad intelectual, aunque limitados esos derechos en el tiempo (unos 28 años).
Desde que a medidados del siglo XIX, debido a las nuevas técnicas que permitían una producción masiva, a las facilidades de transporte y distribución de los libros y la reducción del analfabetismo, la industria editorial se convierte en un gran negocio. Estas facilidades hicieron que se comenzaran a hacer reediciones de las obras sin consulta del autor, especialmente cuando se hacían en otros países, ésto hizo que se viera una necesidad de protegar los derechos de autor independientemente del país. Tras diversos acuerdos internacionales en 1952, en Ginebra y patrocinado por la UNESCO y se establecieron las siguientes líneas que serían adoptadas porla Convención Universal del copyright.
~- ninguna nación signataria puede acordar para sus autores nativos, un tratamiento más favorable que para los autores de los otros países
~- En los ejemplares deberá aparecer el símbolo del//copyright// y, también el nombre del propietario de los derechos
~- Los derechos de autor prevalecen hasta 25 años después de muerto el autor
~- Todas la naciones adheridas son requeridas para garantizar los derechos de traducción durane 7 años
Pero mientras tanto los adelantos tecnológicos hacen que aumente la facilidad de reproducción de los materiales impresos, mediante las fotocopiadoras, xerografía, micrografías. Ocurriendo lo mismo con otros formatos: imagen, sonido y las respectivas técnicas de reproducción. Así las editoriales comienzan a ver el "peligro" y en 1971 revisan los contenidos de las anteriores convenciones. Aparece un nuevo hecho, que la piratería no la comete otra editorial, como habían venido ocurriendo en siglos anteriores sino que la lleva a cabo el proio usuario. En este punto, tan sólo la enseñanza y las bibliotecas escapan de estas medidas que restringen el acceso a la información.
Las bibliotecas se convierten en las principales defensoras de los lectores y los bibliotecarios son los primeros en colectar y poner a disposicón pública cualquier material que pueda ser legalmente adquirido. De ahí que encontremos la siguiente declaración de derechos de las bibliotecas realizadas por la ALA (American Library Associtation) en la que se afirma que todas las bibliotecas son foros abiertos para la información las ideas y las siguietes normas básicas son las que deberán regir sus servicios:
~- Con el fin de satisfacer el interés de sus usuarios y darles acceso a todo tipo de información, la biblioteca debe poner sus libros y otros recursos a la disposición de todos los integrantes de la comunidad a la cual sirve
~- Toda biblioteca debe proveer información y materiales que representen todos los puntos de vista sobre temas históricos y de actualidad. Ninguna material debe ser prohibido ni retirado de la circulación por motivos doctrinarios o partidistas
~- En su misión de proveer información sin restricciones, toda biblioteca debe enfrentarse a todo acto y tipo de censura
~- Toda biblioteca debe cooperar con todos los individuos y grupos interesados en oponerse a cualquier restricción a la libre expresión y al libre acceso a las ideas
~- No se debe negar a ninguna persona el derecho de usar la biblioteca por motivos de origen, edad, antecedentes personales o punto de vista.
~- Toda biblioteca que cuente con espacio disponible para exhibiciones o reuniones públicas, debe facilitar su uso de forma equitativa, sin tener en cuenta la creencia o afiliación de los individuos o grupos que lo soliciten
Actualmente, nos encontramos ante una nueva situación, debido a la aparición de las redes informáticas; los propietarios de //copyright// estan perplejos ante las nuevas posiblidades que ofrece el medio digial, para efectuar copias o difusión universal de cualquier material informativo, por tanto, dichos propietarios buscan protección para sus pretendidos derechos de autor, pero por otro lado, ya que deben atender a las reclamaciones de los usuarios que temen una excesiva protección de los derechos con lo cual se dificulte y limite su acceso a la información.
La IFLA (International Federation of Library Associations) comparte ese temor, de que se pueda producir una restriccion al acceso de la información por ello cree que dicho acceso depende del buen funcionamiento de las redes nacioanales e internacionales de bibliotecas y de servicios de información y que el desarrollos de la infraestructura de la información digital conducirá a oportunidades sin precedentes para la educación y el entretenimiento.
==== Explicación y ventajas de la licencia gfdl ====
Debemos pensar que en el momento en el que nos encontramos actualmente la capacidad para generar y copiar información escrita es brutal y que estamos reescribiendo una y otra vez las mismas obras, sobre todo científicas y/ó con intereses educativos, en lugar de pensar en mejorarlas y actualizarlas. Si éste momento nos permite copiar nuestras obras escritas con un coste cero y una total inmediatez, debemos aprovecharnos de ellos al máximo, pero sin caer en una innecesaria ilegalidad, ni dejar de premiar económica y socialmente a los autores de las mismas. Es muy probable que éste cambio nos suponga cambiar el modelo de negocio y la licencia de éstos textos. La gfdl se propone como una de las licencias que mejor están asumiendo los requisitos antes expuestos y, que con más fuerza se está difundiendo. Ahora pasaré a explicar en qué consiste.
Si dijéramos que un texto se atañe a la licencia gfdl si se puede copiar y modificar libremente, habría simplificado excesivamente la idea de lo que es la gfdl y, sin embargo, para ser lo suficientemente preciso sólo tendría la posibilidad de remitir al público a http://www.gnu.org/licenses/fdl.html el sitio oficial de gnu, dónde se muestra la licencia, ó mandarte a que leas la copia de la licenciahttp://www.sindominio.net/biblioweb/telematica/bibdigwebsem/bibdigwebsem.html#gfdl //GNU Free Documentation License// que he copiado al final de éste documento. Así es que debo hacer algo intermedio, espero que me salga bien, ó que me sepáis perdonar si no es así.
Para que un texto sea libre según la definición de libertad de la gfdl, el texto debe proporcionar las fuentes del documento. Es decir, si alguien genera un texto y publica el .pdf no va a ser nada fácil modificar dicho texto, así mismo si publica un .doc tampoco va a ser fácil modificarlo, ya que necesitas un editor específico y propietario para hacerlo. Estos son dos buenos ejemplos de textos que nunca podrán estar bajo los términos de la gfdl. Sin embargo, si alguien publica un documento .pdf, pero proporciona además su versión en latex, docbook, ó algún otro lenguaje de marcas sí podría llegar a estar de acuerdo con la gfdl, ya que estamos proporcionando las fuentes del documento.
Pero a parte de proporcionar las fuentes ¿qué más tiene que suceder para que yo pueda crear un texto gfdl?. Pues poner una nota en tu texto similar a esta:
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Copyright (c) YEAR YOUR NAME.
Permission is granted to copy, distribute and/or modify this document
under the terms of the GNU Free Documentation License, Version 1.1
or any later version published by the Free Software Foundation;
with the Invariant Sections being LIST THEIR TITLES, with the
Front-Cover Texts being LIST, and with the Back-Cover Texts being LIST.
A copy of the license is included in the section entitled "GNU
Free Documentation License".
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Vale, seguramente te gustará traducirlo y adaptarlo a tu realidad, siénte libre para ello, incluso puedes llegar a traducir la licencia entera, pero recuerda que si traduces la licencia y hay algún punto en el que no coincide exactamente lo que pone la licencia traducida de la original en inglés, la inglesa es la que prevalece.
Veamos como quedaría traducido:
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Copyright (c) AÑO TU-NOMBRE
Se otorga permiso para copiar, distribuir, y/ó modificar este documento
bajo los términos de la GNU Free Documentation License, Version 1.1
ó cualquier versión posterior publicada por la Free Software Foundation;
con las siguientes secciones invariantes LISTA-DE-SECCIONES-INVARIANTES,
con los siguientes textos de portada LISTA-DE-TEXTOS-DE-PORTADA y, con
los siguientes textos de contraportada LISTA-DE-TEXTOS-DE-CONTRAPORTADA.
Una copia de ésta licencia es incluida la sección titulada "GNU
Free Documentation License"
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Ahora ya tenemos un texto gfdl, ¿qué restricciones tenemos sobre las modificaciones que queremos hacer sobre él?. No se pueden publicar versiones modificadas con el mismo título sin consentimiento de los autores originales. Todo documento va acompañado de una historia donde se reflejan los cambios que ha sufrido a lo largo del tiempo y quién los realizó. Las versiones publicadas deben ser accesibles durante un tiempo determinado. Y se pueden calificar ciertas secciones de invariables siempre que no traten del tema del documento.
También encontraremos restricciones sobre la manera en la que se hacen las copias, quien quiera hacer copias literales del documento, deberá copiar también la licencia completa y, tener en cuenta algunas consideraciones hacia los textos de portada y contraportada.
Ahora ya sabemos qué tenemos que hacer para generar textos gfdl y sabemos en qué condiciones podemos redistribuirlos y modificarlos. Pero ahora, deberíamos saber qué ventajas tiene generar documentos con esta licencia.
Aquel que genere un texto bajo licencia gfdl y lo difunda adecuadamente a través de Internet conseguirá una rápida realimentación en forma de sugerencias, mejoras, etc. Además, conseguirá que su texto y él mismo se hagan famosos rápidamente, con lo que es posible que se le invite a dar conferencias y charlas sobre las ideas que en su texto se exponen. Ser el autor de un texto que se mejora, actualiza y difunde rápidamente es algo que provoca prestigio profesional en aquello que a uno le entusiasma hacer, lo cual revierte en dinero en forma de conferencias, clases, etc. y, sobre todo satisfacción personal por poder hacer lo que a uno le gusta, por crear comunidad alrededor de unos intereses comunes, por permitir que todo aquel que tenga interés por aquello que uno quiere transmitir al mundo pueda hacerlo sin restricciones de tipo económico, etc.
Por otro lado, independientemente que haya publicado el texto en Internet también puede hacerlo por la vía impresa y seguir ganando dinero de ésta manera, además estos textos se venderán más, ya que serán conocidos por más gente y a partir de que un texto tiene ciertas dimensiones, la gente suele preferir leerlo de manera impresa que dejándose la vista en una pantalla.