Capitulos de este wiki
  1. 1 Conceptos jurídicos
  2. 2 Conceptos jurídicos fundamentales
  3. 3 Concepto de derecho: la dimensión del derecho
  4. 4 El Derecho como orden normativo
  5. 5 El Derecho como hecho social
  6. 6 El Derecho como valor
  7. 7 La relación del Derecho con el Poder y con la Fuerza
  8. 8 El Derecho injusto
  9. 9 Las grandes doctrinas o teorías jurídicas
  10. 10 Iusnaturalismo o derecho natural
  11. 11 Positivismo jurídico
  12. 12 El marxismo
  13. 13 Las concepciones sociológicas del Derecho
  14. 14 Grandes ordenamientos jurídicos existentes
  15. 15 Derecho Continental
  16. 16 El common law o derecho común
  17. 17 Teocracias
  18. 18 La estructura del derecho como ordenamiento jurídico: estructura y c
  19. 19 Las ramas del ordenamiento jurídico
  20. 20 El proceso de formación del estado moderno
  21. 21 Antigüedad
  22. 22 El orden político medieval
  23. 23 La aparición del Estado Moderno
  24. 24 Surgimiento y desarrollo del estado liberal
  25. 25 Introducción a la historia del Constitucionalismo
  26. 26 El proceso constitucional español (1812-1978)
  27. 27 Características generales del Constitucionalismo español
  28. 28 Las grandes cuestiones del Constitucionalismo español
  29. 29 Los períodos del constitucionalismo español
  30. 30 Conclusión
  31. 31 La constitución de 1978. Caracteres generales: la transición
  32. 32 El contenido de la Constitución de 1978
  33. 33 Estructura de la Constitución de 1978
  34. 34 El sistema de fuentes del derecho: teoría de la constitución
  35. 35 Fuentes de la Constitución
  36. 36 De la elaboración de las leyes
  37. 37 Actos del Gobierno con fuerza de ley
  38. 38 Reglamentos
  39. 39 Derecho Internacional
  40. 40 Comunidades Autónomas
  41. 41 Otras fuentes de Derecho
  42. 42 Los órganos constitucionales: la forma política del estado
  43. 43 Las Cortes Generales
  44. 44 Organización parlamentaria
  45. 45 El Gobierno

Introducción al derecho y al ordenamiento jurídico español - Características generales del Constitucionalismo español

27 - Características generales del Constitucionalismo español

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21 de Octubre de 2005
Ha sido tradicional en los estudios en torno a nuestro constitucionalismo histórico el tratar de singularizar una serie de características que tiendan a convertirlo en un caso singular de Europa, todo ello para poner en relieve la disparidad entre la historia de España  y la historia de Europa.

Esta idea de especificidad de nuestro liberalismo, condicionado por especiales circunstancias político-económicas, se tiene que poner en entredicho, ya que estas singularidades también se produjeron en otros países. En consecuencia, el liberalismo español, aunque caracterizado por grandes y profundas diferencias respecto los demás modelos europeos, no fue tan atípico.

Por lo tanto, destacaremos estas singularidades:

A)      La ausencia de una auténtica revolución liberal, que sirviese de sustrato ideológico ala nueva forma de organización del poder político.

B)      La falta de una revolución industrial y el mantenimiento de una estructura social propia del Antiguo Régimen, todo lo cual condujo a la ausencia de una revolución burguesa que hubiese realizado el tránsito del Antiguo Régimen al Estado liberal, la cual tuvo un carácter discontinuo.

C)      El constitucionalismo español se caracterizó por una elevada dosis de ficción, que implicó una total falta de adecuación de los textos constitucionales a la realidad social, siendo necesario acudir a mecanismos de falseamiento electoral para mantener los esquemas formales del régimen representativo.

D)      La proliferación de fuerzas políticas antisistema, cosa que coayudó al propio debilitamiento del sistema. El liberalismo surgió cuando España no estaba preparada, lo cual hizo que se desarrollara el proceso político al margen de los textos constitucionales.

Aun así, estas singularidades no son un criterio suficiente para reafirmar la absoluta especificidad de nuestro constitucionalismo histórico, por lo que cabe apuntar que:

1)       La estructura social a la que respondió nuestro constitucionalismo histórico no fue totalmente ajena a la que existió en otros países. Las clases del Antiguo Régimen continuaron teniendo su influencia y la burguesía tardó en asumir los postulados liberales y su condición de clase detentadora del poder. Finalmente, las clases trabajadoras tuvieron que esperar  a los procesos revolucionarios de mediados del XIX para tratar de configurar sus movimientos ideológicos y políticos antisistema y realizar su propia utopía.

2)       El movimiento liberal no tenía porqué identificarse con una clase social determinada, aunque la burguesía fuera su principal protagonista. Resulta falso afirmar que la nobleza fuera la defensora del movimiento absolutista, que la burguesía se identificara en su totalidad con el movimiento liberal y que las clases trabajadoras fueran las únicas defensoras de los movimientos marxistas o anarquistas del s.XIX. El tránsito del Antiguo Régimen al movimiento liberal en España se produjo mediante acuerdos y pactos entre los diferentes grupos de poder y fue a lo largo de un proceso que duró varias decenas de años.

3)       En España se produce una convivencia entre partidos defensores del sistema liberal y partidos que propugnan regímenes políticos antisistema. En ninguno de los países se produjo una identificación entre partidos políticos concretos y clases sociales determinadas.

4)       Suele afirmarse que la existencia de un régimen liberal sería la consecuencia directa de la previa existencia de una revolución industrial. Aun así, también es posible decir que en todos los países europeos (excepto Inglaterra) la 1ª revolución industrial se realizó de forma tan desigual como en España, afectando sólo a determinadas zonas geográficas y sectores productivos.

Las Constituciones españolas del siglo XIX estuvieron marcadas por la debilidad de una clase política que dependió de los militares, que suspendieron a la voluntad la norma suprema e influyeron en su redacción con el peso de las bayonetas y la complicidad de la Corte. Las Constituciones tuvieron poca vigencia y el liberalismo español se sintió más implicado por un sentido cristiano-tradicionalista que por un racionalismo progresista.

España vivió el s.XIX sin afrontar los problemas políticos, sociales y económicos que impedían su desarrollo, lo cual hizo que no se produjera un proceso evolutivo institucional semejante al inglés o revolucionario como el francés, pero esto también sucedió en otros países europeos.

Aunque en España no se cumplieron todos los requisitos necesarios para una democracia a gran escala (cargos públicos electos, elecciones libres, imparciales y frecuentes, libertad de expresión, fuentes alternativas de información, autonomía de las asociaciones y ciudadanía inclusiva), el Constitucionalismo español ha realizado aportaciones muy significativas, con textos muy importantes como la Constitución de Cádiz de 1812, auténtica Constitución-mito del primer liberalismo europeo, o la de la Segunda República de 1931, cuya influencia en el constitucionalismo posterior a la 2ª G.M. es ampliamente reconocida.
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106 opiniones

b gv ggvgvgv

la informacion no esta muy compleTa
cerli

exelente trabajo muy resumodo, coherente y explica muy bien cada concepto felicidades
nacionales

esta muy bien organisado en todo
Introduccion al ordenamiento juridico espa;ol.

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