Capitulos de este wiki
  1. 1 Conceptos jurídicos
  2. 2 Conceptos jurídicos fundamentales
  3. 3 Concepto de derecho: la dimensión del derecho
  4. 4 El Derecho como orden normativo
  5. 5 El Derecho como hecho social
  6. 6 El Derecho como valor
  7. 7 La relación del Derecho con el Poder y con la Fuerza
  8. 8 El Derecho injusto
  9. 9 Las grandes doctrinas o teorías jurídicas
  10. 10 Iusnaturalismo o derecho natural
  11. 11 Positivismo jurídico
  12. 12 El marxismo
  13. 13 Las concepciones sociológicas del Derecho
  14. 14 Grandes ordenamientos jurídicos existentes
  15. 15 Derecho Continental
  16. 16 El common law o derecho común
  17. 17 Teocracias
  18. 18 La estructura del derecho como ordenamiento jurídico: estructura y c
  19. 19 Las ramas del ordenamiento jurídico
  20. 20 El proceso de formación del estado moderno
  21. 21 Antigüedad
  22. 22 El orden político medieval
  23. 23 La aparición del Estado Moderno
  24. 24 Surgimiento y desarrollo del estado liberal
  25. 25 Introducción a la historia del Constitucionalismo
  26. 26 El proceso constitucional español (1812-1978)
  27. 27 Características generales del Constitucionalismo español
  28. 28 Las grandes cuestiones del Constitucionalismo español
  29. 29 Los períodos del constitucionalismo español
  30. 30 Conclusión
  31. 31 La constitución de 1978. Caracteres generales: la transición
  32. 32 El contenido de la Constitución de 1978
  33. 33 Estructura de la Constitución de 1978
  34. 34 El sistema de fuentes del derecho: teoría de la constitución
  35. 35 Fuentes de la Constitución
  36. 36 De la elaboración de las leyes
  37. 37 Actos del Gobierno con fuerza de ley
  38. 38 Reglamentos
  39. 39 Derecho Internacional
  40. 40 Comunidades Autónomas
  41. 41 Otras fuentes de Derecho
  42. 42 Los órganos constitucionales: la forma política del estado
  43. 43 Las Cortes Generales
  44. 44 Organización parlamentaria
  45. 45 El Gobierno

16 - El common law o derecho común

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21 de Octubre de 2005
El otro gran sistema jurídico vigente y su origen está en Inglaterra, en el s. XI, y se extendió en los países que formaron parte del Imperio Británico. Es el conjunto de normas y reglas  de carácter jurídico no escritas, pero sancionadas y recogidas por la costumbre o la jurisprudencia que son el fundamento del Derecho en los países anglosajones.

Reino Unido:

En el s.XI, Guillermo El Conquistador, duque de Normandía, invadió Inglaterra que estaba dividida en los diferentes principados sajones y tras la batalla de Hastings se proclamó rey. Los normandos unificaron Inglaterra en una sola monarquía y crearon unos tribunales que tenían la finalidad de unificar el Derecho existente. El Derecho que creaban estos tribunales, a partir de las costumbres locales, pasó a ser el Derecho Común en todo el país. Los tribunales reales comenzaron con pocas competencias, frente a los tribunales señoriales, eclesiásticos o municipales. Lo importante era demostrar que el tribunal real tenía competencia sobre la materia. Progresivamente fue adquiriéndolas y arrinconó a los otros.

Los tribunales eran laicos y no abordaban el derecho mercantil o el marítimo. Desde la Edad Media se fue consolidando este modelo que coexistía con la justicia de la equidad o derecho de los súbditos a apelar al Monarca para pedir Justicia. Estas reclamaciones fueron delegadas en el Canciller y en el Tribunal de Chancillería. Este sistema generó un cuerpo especial de reglas con un valor superior al delas establecidas por otros tribunales. Unos eran más prácticos (common law) y otros más técnicos (tribunales de equidad).

El sistema de fuentes del Derecho Común ser caracteriza por dar una gran importancia a la jurisprudencia. Hay ramas del Derecho en las que hay muy pocas leyes y se basan sobre todo en las sentencias de los tribunales. Cuando se hace una ley en una materia en la que antes sólo había jurisprudencia, esta queda sin valor, pero la ley se ha de interpretar restrictivamente, desplazando lo mínimo la jurisprudencia.

Los tribunales están vinculados a seguir la jurisprudencia de los tribunales superiores y de ellos mismos en los casos similares.

Los tribunales, sino existe ni precedente ni norma escrita para aplicarla en un caso, pueden crear una norma jurídica para aplicarla al mismo. La costumbre tiene más importancia, ya que es el origen del Derecho Común que era el resultado de convenciones o acuerdos entre los protagonistas del proceso político.

Estados Unidos:

La Constitución de 1787 es la más antigua del mundo. Ha sido muy activa y se ha enmendado 23 veces y en algunos casos sobre aspectos muy importantes. Los jueces tienen una gran importancia, es un Derecho muy vivo y su fortaleza es el propio sistema constitucional.

Las constituciones de los Estados están muy influidas por la Constitución Federal, pero a su vez son muy diversas entre sí. Lo mismo sucede con sus ordenamientos jurídicos. Es la ley suprema dentro de cada estado. Casi todas han sido derogadas una o varias veces.

El sistema jurídico está organizado sobre una base federal. Después de la Guerra de la Independencia, las antiguas colonias se convirtieron en estados independientes y constituyeron una confederación con un gobierno central muy leve. El intento fue un fracaso y se elaboró la Constitución de 1787. Desde entonces ha ido evolucionando hasta un gobierno federal fuerte, lo mismo que ha sucedido con el sistema judicial.

Hay una fuerte cultura jurídica local, con una gran diversidad y complejidad: Jueces estatales y federales, abogados, facultades de derecho. Los grandes despachos de abogados se circunscriben a sus respectivos estados y grandes ciudades.

La Constitución creo un sistema de frenos y balanzas entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial mientras los gobiernos de los estados harán de contrapeso al gobierno federal y este controlará a aquellos para que no fueran reinos de taifas. El modelo británico sufrirá algunas modificaciones en Estados Unidos:

-          Mayor cantidad de derecho escrito

-          Control constitucional. Los tribunales velaran por esto.

-          Sistema federal.

-          Tribunales constituidos por jueces y jurados

-          Jurados sorteados entre los electores. Jurado puro que sólo interviene para decidir la culpabilidad o no del acusado.

-          Procesos básicamente orales.

-          Fiscales se encargan de la persecución de los delitos y el juez asume un papel más moderador entre las partes.

El sistema continental y el común han sufrido mutaciones. Se está incrementando la norma escrita. En el Derecho continental se está incrementando el derecho judicial y organismos como los tribunales constitucionales, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas tienen un amplio margen de decisión, más que los jueces ordinarios.
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106 opiniones

b gv ggvgvgv

la informacion no esta muy compleTa
cerli

exelente trabajo muy resumodo, coherente y explica muy bien cada concepto felicidades
nacionales

esta muy bien organisado en todo
Introduccion al ordenamiento juridico espa;ol.

Excelente trabajo, bastante resumido;con la particularidad que ubica a todos los que desean conocer la estructura de organizacion del derecho espanol. Es bien didactico y bien presentado y con una insuperable secuencia logica de presentacion, inteligible a todo tipo de usuario.
Derecho.

En realidad expresa detalladamente lo que se relaciona con cada una de las ramas lo hace conocer de manera rapida en que consite cada una de allas-.
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