Introducción al derecho y al ordenamiento jurídico español - El common law o derecho común
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21 de Octubre de 2005
Derecho civil, Derecho constitucional
16 - El common law o derecho común
El otro gran sistema jurídico vigente y su origen está en Inglaterra, en el s. XI, y se extendió en los países que formaron parte del Imperio Británico. Es el conjunto de normas y reglas de carácter jurídico no escritas, pero sancionadas y recogidas por la costumbre o la jurisprudencia que son el fundamento del Derecho en los países anglosajones.
Reino Unido:
En el s.XI, Guillermo El Conquistador, duque de Normandía, invadió Inglaterra que estaba dividida en los diferentes principados sajones y tras la batalla de Hastings se proclamó rey. Los normandos unificaron Inglaterra en una sola monarquía y crearon unos tribunales que tenían la finalidad de unificar el Derecho existente. El Derecho que creaban estos tribunales, a partir de las costumbres locales, pasó a ser el Derecho Común en todo el país. Los tribunales reales comenzaron con pocas competencias, frente a los tribunales señoriales, eclesiásticos o municipales. Lo importante era demostrar que el tribunal real tenía competencia sobre la materia. Progresivamente fue adquiriéndolas y arrinconó a los otros.
Los tribunales eran laicos y no abordaban el derecho mercantil o el marítimo. Desde la Edad Media se fue consolidando este modelo que coexistía con la justicia de la equidad o derecho de los súbditos a apelar al Monarca para pedir Justicia. Estas reclamaciones fueron delegadas en el Canciller y en el Tribunal de Chancillería. Este sistema generó un cuerpo especial de reglas con un valor superior al delas establecidas por otros tribunales. Unos eran más prácticos (common law) y otros más técnicos (tribunales de equidad).
El sistema de fuentes del Derecho Común ser caracteriza por dar una gran importancia a la jurisprudencia. Hay ramas del Derecho en las que hay muy pocas leyes y se basan sobre todo en las sentencias de los tribunales. Cuando se hace una ley en una materia en la que antes sólo había jurisprudencia, esta queda sin valor, pero la ley se ha de interpretar restrictivamente, desplazando lo mínimo la jurisprudencia.
Los tribunales están vinculados a seguir la jurisprudencia de los tribunales superiores y de ellos mismos en los casos similares.
Los tribunales, sino existe ni precedente ni norma escrita para aplicarla en un caso, pueden crear una norma jurídica para aplicarla al mismo. La costumbre tiene más importancia, ya que es el origen del Derecho Común que era el resultado de convenciones o acuerdos entre los protagonistas del proceso político.
Estados Unidos:
La Constitución de 1787 es la más antigua del mundo. Ha sido muy activa y se ha enmendado 23 veces y en algunos casos sobre aspectos muy importantes. Los jueces tienen una gran importancia, es un Derecho muy vivo y su fortaleza es el propio sistema constitucional.
Las constituciones de los Estados están muy influidas por la Constitución Federal, pero a su vez son muy diversas entre sí. Lo mismo sucede con sus ordenamientos jurídicos. Es la ley suprema dentro de cada estado. Casi todas han sido derogadas una o varias veces.
El sistema jurídico está organizado sobre una base federal. Después de la Guerra de la Independencia, las antiguas colonias se convirtieron en estados independientes y constituyeron una confederación con un gobierno central muy leve. El intento fue un fracaso y se elaboró la Constitución de 1787. Desde entonces ha ido evolucionando hasta un gobierno federal fuerte, lo mismo que ha sucedido con el sistema judicial.
Hay una fuerte cultura jurídica local, con una gran diversidad y complejidad: Jueces estatales y federales, abogados, facultades de derecho. Los grandes despachos de abogados se circunscriben a sus respectivos estados y grandes ciudades.
La Constitución creo un sistema de frenos y balanzas entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial mientras los gobiernos de los estados harán de contrapeso al gobierno federal y este controlará a aquellos para que no fueran reinos de taifas. El modelo británico sufrirá algunas modificaciones en Estados Unidos:
- Mayor cantidad de derecho escrito
- Control constitucional. Los tribunales velaran por esto.
- Sistema federal.
- Tribunales constituidos por jueces y jurados
- Jurados sorteados entre los electores. Jurado puro que sólo interviene para decidir la culpabilidad o no del acusado.
- Procesos básicamente orales.
- Fiscales se encargan de la persecución de los delitos y el juez asume un papel más moderador entre las partes.
El sistema continental y el común han sufrido mutaciones. Se está incrementando la norma escrita. En el Derecho continental se está incrementando el derecho judicial y organismos como los tribunales constitucionales, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas tienen un amplio margen de decisión, más que los jueces ordinarios.
Reino Unido:
En el s.XI, Guillermo El Conquistador, duque de Normandía, invadió Inglaterra que estaba dividida en los diferentes principados sajones y tras la batalla de Hastings se proclamó rey. Los normandos unificaron Inglaterra en una sola monarquía y crearon unos tribunales que tenían la finalidad de unificar el Derecho existente. El Derecho que creaban estos tribunales, a partir de las costumbres locales, pasó a ser el Derecho Común en todo el país. Los tribunales reales comenzaron con pocas competencias, frente a los tribunales señoriales, eclesiásticos o municipales. Lo importante era demostrar que el tribunal real tenía competencia sobre la materia. Progresivamente fue adquiriéndolas y arrinconó a los otros.
Los tribunales eran laicos y no abordaban el derecho mercantil o el marítimo. Desde la Edad Media se fue consolidando este modelo que coexistía con la justicia de la equidad o derecho de los súbditos a apelar al Monarca para pedir Justicia. Estas reclamaciones fueron delegadas en el Canciller y en el Tribunal de Chancillería. Este sistema generó un cuerpo especial de reglas con un valor superior al delas establecidas por otros tribunales. Unos eran más prácticos (common law) y otros más técnicos (tribunales de equidad).
El sistema de fuentes del Derecho Común ser caracteriza por dar una gran importancia a la jurisprudencia. Hay ramas del Derecho en las que hay muy pocas leyes y se basan sobre todo en las sentencias de los tribunales. Cuando se hace una ley en una materia en la que antes sólo había jurisprudencia, esta queda sin valor, pero la ley se ha de interpretar restrictivamente, desplazando lo mínimo la jurisprudencia.
Los tribunales están vinculados a seguir la jurisprudencia de los tribunales superiores y de ellos mismos en los casos similares.
Los tribunales, sino existe ni precedente ni norma escrita para aplicarla en un caso, pueden crear una norma jurídica para aplicarla al mismo. La costumbre tiene más importancia, ya que es el origen del Derecho Común que era el resultado de convenciones o acuerdos entre los protagonistas del proceso político.
Estados Unidos:
La Constitución de 1787 es la más antigua del mundo. Ha sido muy activa y se ha enmendado 23 veces y en algunos casos sobre aspectos muy importantes. Los jueces tienen una gran importancia, es un Derecho muy vivo y su fortaleza es el propio sistema constitucional.
Las constituciones de los Estados están muy influidas por la Constitución Federal, pero a su vez son muy diversas entre sí. Lo mismo sucede con sus ordenamientos jurídicos. Es la ley suprema dentro de cada estado. Casi todas han sido derogadas una o varias veces.
El sistema jurídico está organizado sobre una base federal. Después de la Guerra de la Independencia, las antiguas colonias se convirtieron en estados independientes y constituyeron una confederación con un gobierno central muy leve. El intento fue un fracaso y se elaboró la Constitución de 1787. Desde entonces ha ido evolucionando hasta un gobierno federal fuerte, lo mismo que ha sucedido con el sistema judicial.
Hay una fuerte cultura jurídica local, con una gran diversidad y complejidad: Jueces estatales y federales, abogados, facultades de derecho. Los grandes despachos de abogados se circunscriben a sus respectivos estados y grandes ciudades.
La Constitución creo un sistema de frenos y balanzas entre el ejecutivo, el legislativo y el judicial mientras los gobiernos de los estados harán de contrapeso al gobierno federal y este controlará a aquellos para que no fueran reinos de taifas. El modelo británico sufrirá algunas modificaciones en Estados Unidos:
- Mayor cantidad de derecho escrito
- Control constitucional. Los tribunales velaran por esto.
- Sistema federal.
- Tribunales constituidos por jueces y jurados
- Jurados sorteados entre los electores. Jurado puro que sólo interviene para decidir la culpabilidad o no del acusado.
- Procesos básicamente orales.
- Fiscales se encargan de la persecución de los delitos y el juez asume un papel más moderador entre las partes.
El sistema continental y el común han sufrido mutaciones. Se está incrementando la norma escrita. En el Derecho continental se está incrementando el derecho judicial y organismos como los tribunales constitucionales, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas tienen un amplio margen de decisión, más que los jueces ordinarios.
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