Introducción al ordenamiento jurídico - Principios generales del derecho

8 - Principios generales del derecho


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21 Octubre 2005
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§         Rango: posición que ocupan las normas dentro del ordenamiento.

 

§         Validez: una norma es válida si es dictada por el órgano competente, siguiendo el procedimiento establecido, que no regula materias reservadas a otro tipo de norma y que no contradice una norma de rango superior.

 

§         Derogación: supuesto en que una norma deja de formar parte del ordenamiento jurídico. Derogación expresa o tácita.

 

§         Aplicabilidad: posibilidad de que una determinada norma produzca efectos jurídicos en un ámbito concreto. La aplicación puede darse porque los ciudadanos respetan lo establecido en la norma o porque los órganos competentes aplican la misma en supuestos de vulneración.

Normas de aplicabilidad territorial: se aplican a todas las personas que realizan el hecho regulado en el territorio. Ejemplos: Comisión de delitos en territorio español por extranjeros, Derecho penal.

Normas de aplicabilidad personal: se aplican a las personas con independencia del lugar donde se encuentren. Va ligado a la nacionalidad. Ejemplos: la sucesión se rige por la ley nacional de la persona muerta, Derecho de voto.

 

§         Persona: Persona física y Persona jurídica. Art. 30 CC: “A efectos civiles, sólo se reputará nacido el feto que tuviere figura humana y viviere veinticuatro horas enteramente desprendido del seno materno”. Las personas tienen reconocida personalidad jurídica, lo que comporta su capacidad.

Capacidad jurídica: capacidad para ser titular de derechos y obligaciones.

Capacidad de obrar: capacidad para ejercer los derechos y asumir obligaciones. Puede ser limitada, por ejemplo, en los menores de edad e incapacitados.

§         Eficacia: en sentido positivo implica que la conducta de los ciudadanos se adecua a aquello que prevé la norma jurídica. En sentido negativo implica que si la norma no se cumple se impone la sanción que su infracción comporta.

§         Eficiencia: la norma consigue los resultados para los que fue creada.

 

§         Vigencia: pertinencia de una norma al ordenamiento jurídico con posibilidad de crear efectos jurídicos.

 

§         Retroactividad: posibilidad de aplicar una norma a supuestos que se produjeron anteriormente a la entrada en vigor de dicha norma (si es favorable).

 

§         Ultraactividad: posibilidad de aplicar una norma para decidir un supuesto concreto cuando la norma ya no está vigente (si es favorable)
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