ASOCIACION CHILENA DE SEGURIDAD ACHS
La Asociación Chilena de Seguridad ha presentado un desarrollo sostenido y creciente a través de sus 45 años de labor, como resultado de la eficiente planificación estratégica impulsada por su Directorio Paritario, integrado por representantes de los empresarios y trabajadores de empresas afiliadas. El éxito de su gestión se ha basado en la definición de objetivos claros y precisos orientados a la prevención de accidentes y enfermedades en los lugares de trabajo, cimentados en un conjunto de valores éticos y morales que conforman el Credo de la Institución. Sobre la base de sólidas realizaciones y con certeza de un auspicioso futuro, la Asociación Chilena de Seguridad se encamina firme y decidida hacia el encuentro de un nuevo milenio. 1958 Nace ACHS El 13 de Noviembre de 1957, cuando ocurría en Chile un accidente del trabajo cada 27 segundos, el Directorio de la Sociedad de Fomento Fabril aprueba la idea planteada por Don Ladislao Lira L. de crear una corporación privada, sin fines de lucro, para otorgar cobertura total a los siniestros por accidentes laborales y en especial, que desarrolle programas de prevención de riesgos. Se designa a Don Eugenio Heiremans D. como Presidente de la Comisión que deberá llevar adelante esta iniciativa. Se funda, en virtud de este acuerdo, con el patrocinio de la Sociedad de Fomento Fabril y de la Asociación de Industriales Metalúrgicos, el Instituto de Prevención y Seguridad Industrial cuya primera reunión se celebra el 5 de mayo de1958 en la Sociedad de Fomento Fabril. Asisten a esta reunión los señores Eugenio Heiremans D. Domingo Arteaga I., Fernando Smith S., Jaime Said D. y Manuel Montt B. El 26 de Junio de 1958, por Decreto Supremo Nº 3029 del Ministerio de Justicia, nace la Asociación Chilena de Seguridad. Diez años más tarde, el 1 de Febrero de 1968, se publica la Ley Nº 16.744 sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, reconociendo a ACHS como organismo administrador de la misma. 1975 Balance Social Consciente de que toda empresa se sustenta en las personas que la conforeman, ACHS cuenta desde 1975 con un Balance Social Interno, destinado a medir la Calidad de Vida Laboral al interior de la empresa, constituyéndose como el primer programa de este tipo en Chile y en Latinoamérica. 1987 Integración Internacional Múltiples relaciones internacionales con instituciones de Canadá, EEUU, Sudáfrica, Francia, Colombia, Argentina, Ecuador, entre otros. 1993 Credo Institucional Los valores y principios que guían el accionar de la Asociación Chilena de Seguridad están claramente definidos en su CREDO, cuyo propósito es declarar y reafirmar esos valores y principios fundamentales. A través de él se pretende sensibilizar al personal ayudándole a internalizarlos y hacerlos vida en el actuar cotidiano dentro de ACHS y en relación a sus clientes y asociados. 1994 ACHS Organismo Colaborador de la Organización Mundial de la Salud En reconocimiento a la labor desarrollada por ACHS, la OMS lo designa como Centro Colaborador en Materias de Salud Ocupacional, siendo la única institución en Latinoamérica en recibir tan alta designación. 1997 Creación de la Asociación Gremial de Mutualidades En la sede de la Confederación de la Producción y el Comercio ( CPC) se constituye la Asociación Gremial de Mutualidades Privadas A.G., que agrupa a las instituciones del ramo en el país con el propósito de aunar esfuerzos que se traduzcan en mayores beneficios para los afiliados al sistema.
Afiliaciones
Afiliación de Empresas Procedimiento para solicitar la afiliación:
Empresas que se encuentran afiliadas a otra Mutualidad o al INP:
De acuedo al Decreto Supremo N° 67 existen periodos definidos en los cuales las empresas pueden cambiar de Mutualidad, cuando ya se encuentran adheridas a otro Organismo Administrador o al INP.
Los periodos definidos en el D.S. N° 67 se reflejan en el siguiente diagrama:
Empresas que estan comenzando sus operaciones:
Estas empresas pueden afiliarse sin restricción a cualquier mutualidad o al INP dado que están comenzando sus operaciones
Para los dos casos anteriores, si quiere afiliar su empresa a ACHS puede llenar el FORMULARIO DE CONTACTO adjunto y un ejecutivo tomará contacto con usted, o comunicarse directamente a la Sede ACHS de su comuna.
Es importante que sepa que para solicitar la afiliación se requieren los siguientes documentos:
- Formulario de solicitud de afiliación (que será proporcionado por ACHS); debidamente firmado por el empleador
Fotocopia del Rut de la empresa; y
Fotocopia de la Escritura donde conste la representación legal de la empresa de la persona que firmará la Solicitud de Afiliación.
Copia de la Carta de Renuncia presentada a su actual mutualidad (sólo para empresas que están afiliadas a la Mutual de Seguridad o al Instituto de Seguridad del Trabajo: IST).
Toda empresa de 1 o más trabajadores debe afiliarse a alguna mutualidad o al INP
La empresa se encontrará afiliada a partir del primer día del mes subsiguiente a la fecha de presentación de la Solicitud de Afiliación, a menos que una vez
evaluada la afiliación ésta sea rechazada.
Cotizaciones
Documentos
Se permitirá adjuntar a la planilla de cotizaciones la nómina de trabajadores en forma computacional, indicando RUT, Apellido Paterno, Apellido Materno, Nombres y Remuneración Imponible de cada uno. Se debe llenar, en caso que la empresa tenga al menos una sucursal. Lo importante es que debe cuadrar la información de N° de trabajadores y remuneración imponible entre hoja de pago de cotizaciones, detalle de trabajadores y anexo de sucursales (esta última cuando corresponda).
Cotización básica
La cotización básica es de un 0.95%., Sobre las remuneraciones imponibles con un tope de 60 UF...
Cotización Adicional Diferenciada
Es diferenciada y no puede exceder el 3.4% de las remuneraciones imponible. Se determina en función de la actividad y riesgo de la empresa si La empresa es nueva: se determina de acuerdo al rubro o actividad de la empresa La empresa tiene al menos 24 meses de actividad: se determina de acuerdo al historial.
Efectivo de riesgos en dicho periodo.
Cotización Adicional por tasa de siniestrabilidad
Beneficios
Todo trabajador que sufra un accidente de trabajo o enfermedad profesional recibirá, además de una completa atención médica, los Beneficios.
Económicos que establece la Ley N°16.744.Estos Beneficios tienen como objetivo fundamental sustituir, la "Pérdida de Capacidad de Ganancia" del hombre de trabajo. Su forma y monto varían de acuerdo al grado de incapacidad sufrida :
Beneficios Económicos por Incapacidad Temporal
Cuando un trabajador permanece en reposo médico, recibirá un Subsidio correspondiente al 100% del promedio de la remuneración (con un tope de UF 60) de los últimos tres meses calendario más próximo a la fecha de inicio de la licencia.
Beneficios Económicos por Incapacidad Permanente
Cuando, después de recibir las atenciones médicas y de rehabilitación, el trabajador queda con una Incapacidad Permanente, tendrá derecho a recibir una Indemnización o Pensión, acorde con el porcentaje de "Pérdida de Capacidad de Ganancia" que dicha incapacidad le signifique.
Tendrá derecho a una Indemnización cuando la incapacidad supere el 15% de su "Capacidad de Ganancia" y sea menor a un 40%. El monto de la indemnización, que se paga de una sola vez, podrá variar según el grado de incapacidad desde 1,5 veces a 15 veces el sueldo base.
Tendrá derecho a una Pensión mensual cuando la incapacidad sea igual o superior a un 40%. Si el accidente o enfermedad produjere la muerte del trabajador, o cuando fallece un inválido pensionado, sus familiares tendrán derecho a Pensiones de Supervivencia en conformidad con la normativa vigente.
Prestaciones
Atención médica de urgencia. Entrega de medicamentos. Utilización de pabellones quirúrgicos. Hospitalización, si es necesaria. Rehabilitación física. Reeducación laboral. Entrega de prótesis, arreglo y reposición. Utilización de Scaner, RX y Resonancia Magnética
Accidente de trabajo
Si usted sufre un accidente de trabajo y no requiere de ambulancia concurrir al centro de atención de la asociación chilena de seguridad (ACHS), si requiere de una ambulancia tiene que llamar al número 6006001234.
Deberá presentar su cedula de identidad y la declaración individual del trabajo (DIAT) debidamente firmada por el empleador, si la urgencia del accidente no da tiempo para realizar este trámite el empleador deberá enviarla lo antes posible al centro de atención donde se encuentra.
Si debido a la urgencia usted se derivo a un centro de atención que no es ACHS su empleador deberá comunicar inmediato este hecho a alguno de los centros de atención ACHS. La empresa para poder efectuar su traslado deberá presentar el DIAT.
Accidente de trayecto
Es todo accidente que ocurra en el trayecto directo, de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo, y que produzca incapacidad o muerte
Concurrir al centro de atención de la asociación chilena de seguridad mas cercano a su trabajo, si la lesión es grave deberá llamar al teléfono 6006001234
La documentación requerida es su cedula de identidad y posteriormente su empleador, en cuanto esté en conocimiento del accidente que sufrió deberá enviar la declaración individual de accidente del trabajo DIAT debidamente firmada al centro de atención en donde se encuentra
Por ser el accidente de trayecto, para ser efecto sus prestaciones medicas y subsidios, deberá ser comprobado por alguno de los siguientes medios:
1.- parte de carabineros
2.- testigos de su accidente
3.- certificado de atención en algún servicio de urgencia (con fecha y hora), solo si por la urgencia del caso fue atendido en un centro asistencial externo a la asociación chilena de seguridad
4.- cualquier otro medio probatorio
DECLARACION INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DE TRABAJO (DIAT)
La DIAT es el Documento Oficial que la ley de Accidente del Trabajo y Enfermedades Profesionales reconoce para otorgar la atención a nuestros afiliados.
Sin la presentación de ella sólo se entregará la primera atención al accidentado. Además, es uno de los requisitos indispensables para el cobro de los subsidios.
Ningún documento reemplazará la DIAT. Las cartas o cualquier otro tipo de autorización escrita sólo sirven para otorgar la primera atención.
Excepcionalmente se aceptará en envió de la DIAT por fax al lugar donde usted está siendo atendido.