Software libre para una sociedad libre - APÉNDICE B: Licencia Pública General Menor
Curso gratis creado por Richard M. Stallman. Extraido de: http://sindominio.net/biblioweb/pensamiento/softlibre/
17 de Diciembre de 2005
Linux, Unix, GNU
113 - APÉNDICE B: Licencia Pública General Menor
Las licencias, para la mayoría del software, están diseñadas para eliminar la libertad de compartirlo o de modificarlo. En contraste, las Licencias Públicas Generales GNU pretenden garantizar la libertad de compartir y modificar el software; para asegurar que el software sea libre para todos los usuarios.
Esta licencia, la Licencia Pública General Menor [Lesser General Public Licence], se aplica a ciertos paquetes de software específicamente diseñados —normalmente bibliotecas— de la Free Software Foundation y de otros autores que deciden usarla. Usted también puede usarla, pero le sugerimos que piense primero cuidadosamente si esta licencia o la General Public Licence ordinaria, es o no la mejor estrategia en su caso particular, basándose en las explicaciones siguientes.
Cuando hablamos de software libre, nos referimos a libertad de uso, no al precio. Nuestra Licencia Pública General está diseñada para asegurar que usted sea libre de distribuir copias de software libre —y cobrar por este servicio si así lo desea—; que reciba el código fuente o que pueda obtenerlo si así lo quiere; que pueda modificar el software y utilizar partes de él en nuevos programas libres; y que haya sido informado de que tiene estos derechos.
Para proteger sus derechos, necesitamos imponer restricciones que prohíban a los distribuidores negarle estos derechos o a pedirle que renuncie a los mismos. Estas restricciones se traducen en ciertas responsabilidades si distribuye copias de la biblioteca o si la modifica.
Por ejemplo, si distribuye copias de la biblioteca, de forma gratuita o no, debe ofrecer a los receptores todos los derechos que nosotros le ofrecemos a usted. Debe asegurarse de que ellos también reciban o puedan obtener el código fuente. Si usted enlaza otro código con la biblioteca, debe proporcionar a los receptores los ficheros objeto completos, de forma que ellos puedan reenlazarlos con la biblioteca después de introducir cambios en la biblioteca y recompilarla. Y debe mostrarles estos términos para que conozcan sus derechos.
Nosotros protegemos sus derechos con un método que consiste en dos pasos: (1) obtenemos los derechos de autor de la biblioteca y (2) le ofrecemos esta licencia que le autoriza acopiar, distribuir y/o modificar la biblioteca.
Para proteger a los distribuidores, queremos dejar muy claro que no existe garantía para la biblioteca libre. Además, si la biblioteca es modificada por alguien y se transmite, los receptores deberían saber que lo que tienen no es la versión original, de forma que la reputación del autor original no se vea afectada por problemas que podrían ser introducidos por otros.
Por último, las patentes de software plantean una amenaza constante para la existencia de cualquier programa libre. Queremos asegurarnos que una empresa no pueda limitar eficazmente a los usuarios de un programa libre mediante la obtención de una licencia restrictiva de un titular de patente. Por lo tanto, insistimos en que cualquier licencia de patente obtenida para una versión de la biblioteca sea congruente con todas las libertades de uso especificadas en esta licencia.
La mayoría del software GNU, incluyendo algunas bibliotecas, está cubierto por la Licencia Pública General GNU ordinaria. Esta licencia, la Licencia Pública General Menor GNU, se aplica a ciertas bibliotecas y es bastante diferente de la Licencia Pública General ordinaria. Usamos esta licencia para ciertas bibliotecas con el objeto de permitir el enlace de las mismas dentro de programas no libres.
Cuando un programa se enlaza con una biblioteca, ya sea estáticamente ya sea usando una biblioteca compartida, la combinación de los dos es, legalmente hablando, un trabajo combinado, un derivado de la biblioteca original. La Licencia Pública General ordinaria permitiría tal enlace sólo si la combinación completa ajusta sus criterios de libertad. La Licencia Pública General Menor introduce un criterio más laxo para el enlace de otro código con la biblioteca.
Denominamos a esta licencia como Licencia Pública General «Menor» porque hace «menos» que la Licencia Pública General ordinaria para proteger las libertades del usuario. También proporciona a los desarrolladores de programas libres «menos» ventajas sobre los programas no libres competidores. Estas desventajas son la razón por la cual nosotros usamos la Licencia Pública General ordinaria para la mayoría de las bibliotecas. Sin embargo, la licencia Menor proporciona ventajas en circunstancias especiales.
Por ejemplo, en raras ocasiones puede haber una especial necesidad de fomentar al máximo posible el uso de una biblioteca determinada, de forma que esta se convierta en un estándar. Para ello, se debe permitir a los programas no libres el uso de estas bibliotecas. Un caso más frecuente es el de una biblioteca libre que desempeñe la misma función que la que realizan las bibliotecas no libres más utilizadas. En este caso, hay poco que ganar limitando la biblioteca únicamente al software libre, de manera que usamos la Licencia Pública General Menor.
En otros casos, el permiso para usar una biblioteca determinada en programas no libres aumenta el número de usuarios de gran cantidad de software libre. Por ejemplo, el permiso para utilizar la biblioteca GNU C en programas no libres posibilita a mucha más gente utilizar el sistema operativo GNU, así como su variante, el sistema operativo GNU/LINUX.
Aunque la Licencia Pública General Menor no protege tanto las libertades del usuario, asegura que el usuario de un programa que está enlazado con la biblioteca tiene la libertad y los medios para ejecutar ese programa usando una versión modificada de la biblioteca.
Los términos y las condiciones exactas para la copia, distribución y modificación se indican a continuación. Preste especial atención a la diferencia entre un «trabajo basado en la biblioteca» y un «trabajo que utiliza la biblioteca». El primero contiene código derivado de la biblioteca, mientras que el último debe estar unido a la biblioteca para ser ejecutado.
Esta licencia, la Licencia Pública General Menor [Lesser General Public Licence], se aplica a ciertos paquetes de software específicamente diseñados —normalmente bibliotecas— de la Free Software Foundation y de otros autores que deciden usarla. Usted también puede usarla, pero le sugerimos que piense primero cuidadosamente si esta licencia o la General Public Licence ordinaria, es o no la mejor estrategia en su caso particular, basándose en las explicaciones siguientes.
Cuando hablamos de software libre, nos referimos a libertad de uso, no al precio. Nuestra Licencia Pública General está diseñada para asegurar que usted sea libre de distribuir copias de software libre —y cobrar por este servicio si así lo desea—; que reciba el código fuente o que pueda obtenerlo si así lo quiere; que pueda modificar el software y utilizar partes de él en nuevos programas libres; y que haya sido informado de que tiene estos derechos.
Para proteger sus derechos, necesitamos imponer restricciones que prohíban a los distribuidores negarle estos derechos o a pedirle que renuncie a los mismos. Estas restricciones se traducen en ciertas responsabilidades si distribuye copias de la biblioteca o si la modifica.
Por ejemplo, si distribuye copias de la biblioteca, de forma gratuita o no, debe ofrecer a los receptores todos los derechos que nosotros le ofrecemos a usted. Debe asegurarse de que ellos también reciban o puedan obtener el código fuente. Si usted enlaza otro código con la biblioteca, debe proporcionar a los receptores los ficheros objeto completos, de forma que ellos puedan reenlazarlos con la biblioteca después de introducir cambios en la biblioteca y recompilarla. Y debe mostrarles estos términos para que conozcan sus derechos.
Nosotros protegemos sus derechos con un método que consiste en dos pasos: (1) obtenemos los derechos de autor de la biblioteca y (2) le ofrecemos esta licencia que le autoriza acopiar, distribuir y/o modificar la biblioteca.
Para proteger a los distribuidores, queremos dejar muy claro que no existe garantía para la biblioteca libre. Además, si la biblioteca es modificada por alguien y se transmite, los receptores deberían saber que lo que tienen no es la versión original, de forma que la reputación del autor original no se vea afectada por problemas que podrían ser introducidos por otros.
Por último, las patentes de software plantean una amenaza constante para la existencia de cualquier programa libre. Queremos asegurarnos que una empresa no pueda limitar eficazmente a los usuarios de un programa libre mediante la obtención de una licencia restrictiva de un titular de patente. Por lo tanto, insistimos en que cualquier licencia de patente obtenida para una versión de la biblioteca sea congruente con todas las libertades de uso especificadas en esta licencia.
La mayoría del software GNU, incluyendo algunas bibliotecas, está cubierto por la Licencia Pública General GNU ordinaria. Esta licencia, la Licencia Pública General Menor GNU, se aplica a ciertas bibliotecas y es bastante diferente de la Licencia Pública General ordinaria. Usamos esta licencia para ciertas bibliotecas con el objeto de permitir el enlace de las mismas dentro de programas no libres.
Cuando un programa se enlaza con una biblioteca, ya sea estáticamente ya sea usando una biblioteca compartida, la combinación de los dos es, legalmente hablando, un trabajo combinado, un derivado de la biblioteca original. La Licencia Pública General ordinaria permitiría tal enlace sólo si la combinación completa ajusta sus criterios de libertad. La Licencia Pública General Menor introduce un criterio más laxo para el enlace de otro código con la biblioteca.
Denominamos a esta licencia como Licencia Pública General «Menor» porque hace «menos» que la Licencia Pública General ordinaria para proteger las libertades del usuario. También proporciona a los desarrolladores de programas libres «menos» ventajas sobre los programas no libres competidores. Estas desventajas son la razón por la cual nosotros usamos la Licencia Pública General ordinaria para la mayoría de las bibliotecas. Sin embargo, la licencia Menor proporciona ventajas en circunstancias especiales.
Por ejemplo, en raras ocasiones puede haber una especial necesidad de fomentar al máximo posible el uso de una biblioteca determinada, de forma que esta se convierta en un estándar. Para ello, se debe permitir a los programas no libres el uso de estas bibliotecas. Un caso más frecuente es el de una biblioteca libre que desempeñe la misma función que la que realizan las bibliotecas no libres más utilizadas. En este caso, hay poco que ganar limitando la biblioteca únicamente al software libre, de manera que usamos la Licencia Pública General Menor.
En otros casos, el permiso para usar una biblioteca determinada en programas no libres aumenta el número de usuarios de gran cantidad de software libre. Por ejemplo, el permiso para utilizar la biblioteca GNU C en programas no libres posibilita a mucha más gente utilizar el sistema operativo GNU, así como su variante, el sistema operativo GNU/LINUX.
Aunque la Licencia Pública General Menor no protege tanto las libertades del usuario, asegura que el usuario de un programa que está enlazado con la biblioteca tiene la libertad y los medios para ejecutar ese programa usando una versión modificada de la biblioteca.
Los términos y las condiciones exactas para la copia, distribución y modificación se indican a continuación. Preste especial atención a la diferencia entre un «trabajo basado en la biblioteca» y un «trabajo que utiliza la biblioteca». El primero contiene código derivado de la biblioteca, mientras que el último debe estar unido a la biblioteca para ser ejecutado.
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