El cierre de cuentas - Segundo proceso: Periodificación
17 de Mayo de 2006
Contabilidad
Evidentemente, la vida de la empresa se extiende desde su puesta en marcha hasta el momento de su desaparición de manera continua. Así pues, el resultado verdadero se obtendría valorando la empresa en el momento de su cierre (valor final)) y comparando dicho valor con el que correspondiera al momento de su puesta en marcha (valor inicial).
Para obtener ambos valores se sumarían los activos: bienes y derechos; y se restarían las deudas con terceros; correspondientes al momento inicial y final, respectivamente.
La diferencia entre ambos valores, el inicial y el final, constituiría el beneficio (si el valor final fuera mayor que el valor inicial) o la pérdida (en caso de ser el valor final menor que el valor inicial) obtenido por la empresa en el desarrollo de su actividad.
Sin embargo, ni los accionistas ni el Estado ni los terceros interesados en la marcha de la empresa están dispuestos a esperar a que se produzca su desaparición para recuperar parte de su inversión (accionistas), cobrar los impuestos devengados (Estado) o conocer la situación de la empresa (terceras personas interesadas).
Es por ello que se divide artificialmente la vida de la empresa en una sucesión de ejercicios económicos, a los que se da una duración equivalente a doce meses naturales. Es por esta razón que se habla del resultado periódico para diferenciarlo del resultado total obtenido por la empresa.
Así pues, a la imputación o asignación de los ingresos y de los gastos que corresponden a cada ejercicio económico y que servirán para determinar el resultado periódico se le denomina periodificación.
A estos efectos el PGC prevé la utilización de las cuentas siguientes:
Gastos anticipados
En esta cuenta se registran los gastos de naturaleza no financiera que se han pagado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa tiene alquilada una nave para utilizarla como almacén y que paga el alquiler por trimestres no naturales anticipados, siendo las fechas de pago entre el día 1 y el día 5 de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.
Del pago realizado el mes de noviembre de 2000, dos tercios corresponden al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre. Sin embargo, el tercio restante corresponde al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe del alquiler de la nave correspondiente al mes de enero del año 2001, que se habrá satisfecho durante el mes de noviembre del año 2000, se imputará al resultado del año 2001.
Ingresos anticipados
En esta cuenta se registran los ingresos de naturaleza no financiera que se han cobrado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa presta el servicio de reparación y mantenimiento de maquinaria y que cobra a sus clientes por trimestres no naturales anticipados, siendo las fechas de cobro entre el día 21 y el día 25 de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.
Del cobro realizado el mes de noviembre de 2000, un tercio corresponde al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre. Por su parte, los dos tercios restantes corresponden al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe del servicio de reparación y mantenimiento de maquinaria correspondiente a los meses de enero y de febrero del año 2001, que se habrán cobrado durante el mes de noviembre del año 2000, se imputarán al resultado del año 2001.
Intereses pagados por anticipado
En esta cuenta se registran los gastos de naturaleza financiera (intereses de préstamos recibidos por la empresa) que se han pagado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa tiene concedido un préstamo hipotecario para ampliar sus instalaciones industriales y que paga los intereses por trimestres no naturales anticipados, siendo las fechas de pago entre el día 1 y el día 5 de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año.
De los intereses pagados durante el mes de diciembre de 2000, un tercio corresponden al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre. Mientras que los dos tercios restantes corresponden al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe de los intereses hipotecarios correspondiente a los meses de enero y de febrero del año 2001, que se habrán satisfecho durante el mes de diciembre del año 2000, se imputará al resultado del año 2001.
Intereses cobrados por anticipado
En esta cuenta se registran los ingresos de naturaleza financiera (intereses de préstamos concedidos por la empresa o de depósitos bancarios de la misma) que se han cobrado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa tiene una cuenta corriente bancaria y que cobra los intereses por trimestres no naturales vencidos, siendo las fechas de cobro entre el día 1 y el día 5 de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año. De los intereses cobrados durante el mes de diciembre de 2000, un tercio corresponde al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre.
Mientras que los dos tercios restantes correspondes al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe de los intereses devengados por la cuenta corriente correspondiente a los meses de enero y de febrero del año 2001, que se habrán satisfecho durante el mes de diciembre del año 2000, se imputará al resultado del año 2001.
Además de las anteriormente expuestas existen otras cuentas no específicas que llegado el momento del cierre del ejercicio económico pueden recoger o registrar anotaciones derivadas del proceso de periodificación. Por ejemplo:
Ingresos por intereses diferidos.
Provisión para pensiones y obligaciones similares.
Provisión para impuestos.
Provisión para insolvencias de tráfico.
Etc.
Para obtener ambos valores se sumarían los activos: bienes y derechos; y se restarían las deudas con terceros; correspondientes al momento inicial y final, respectivamente.
La diferencia entre ambos valores, el inicial y el final, constituiría el beneficio (si el valor final fuera mayor que el valor inicial) o la pérdida (en caso de ser el valor final menor que el valor inicial) obtenido por la empresa en el desarrollo de su actividad.
Sin embargo, ni los accionistas ni el Estado ni los terceros interesados en la marcha de la empresa están dispuestos a esperar a que se produzca su desaparición para recuperar parte de su inversión (accionistas), cobrar los impuestos devengados (Estado) o conocer la situación de la empresa (terceras personas interesadas).
Es por ello que se divide artificialmente la vida de la empresa en una sucesión de ejercicios económicos, a los que se da una duración equivalente a doce meses naturales. Es por esta razón que se habla del resultado periódico para diferenciarlo del resultado total obtenido por la empresa.
Así pues, a la imputación o asignación de los ingresos y de los gastos que corresponden a cada ejercicio económico y que servirán para determinar el resultado periódico se le denomina periodificación.
A estos efectos el PGC prevé la utilización de las cuentas siguientes:
Gastos anticipados
En esta cuenta se registran los gastos de naturaleza no financiera que se han pagado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa tiene alquilada una nave para utilizarla como almacén y que paga el alquiler por trimestres no naturales anticipados, siendo las fechas de pago entre el día 1 y el día 5 de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.
Del pago realizado el mes de noviembre de 2000, dos tercios corresponden al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre. Sin embargo, el tercio restante corresponde al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe del alquiler de la nave correspondiente al mes de enero del año 2001, que se habrá satisfecho durante el mes de noviembre del año 2000, se imputará al resultado del año 2001.
Ingresos anticipados
En esta cuenta se registran los ingresos de naturaleza no financiera que se han cobrado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa presta el servicio de reparación y mantenimiento de maquinaria y que cobra a sus clientes por trimestres no naturales anticipados, siendo las fechas de cobro entre el día 21 y el día 25 de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de cada año.
Del cobro realizado el mes de noviembre de 2000, un tercio corresponde al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre. Por su parte, los dos tercios restantes corresponden al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe del servicio de reparación y mantenimiento de maquinaria correspondiente a los meses de enero y de febrero del año 2001, que se habrán cobrado durante el mes de noviembre del año 2000, se imputarán al resultado del año 2001.
Intereses pagados por anticipado
En esta cuenta se registran los gastos de naturaleza financiera (intereses de préstamos recibidos por la empresa) que se han pagado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa tiene concedido un préstamo hipotecario para ampliar sus instalaciones industriales y que paga los intereses por trimestres no naturales anticipados, siendo las fechas de pago entre el día 1 y el día 5 de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año.
De los intereses pagados durante el mes de diciembre de 2000, un tercio corresponden al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre. Mientras que los dos tercios restantes corresponden al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe de los intereses hipotecarios correspondiente a los meses de enero y de febrero del año 2001, que se habrán satisfecho durante el mes de diciembre del año 2000, se imputará al resultado del año 2001.
Intereses cobrados por anticipado
En esta cuenta se registran los ingresos de naturaleza financiera (intereses de préstamos concedidos por la empresa o de depósitos bancarios de la misma) que se han cobrado durante el ejercicio que se cierra, pero cuyo devengo o vencimiento corresponde al ejercicio siguiente.
Por ejemplo: supongamos que la empresa tiene una cuenta corriente bancaria y que cobra los intereses por trimestres no naturales vencidos, siendo las fechas de cobro entre el día 1 y el día 5 de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre de cada año. De los intereses cobrados durante el mes de diciembre de 2000, un tercio corresponde al ejercicio económico que se cerrará el 31 de diciembre.
Mientras que los dos tercios restantes correspondes al ejercicio económico que se iniciará el próximo 1 de enero del año 2001.
Así pues, mediante la periodificación el importe de los intereses devengados por la cuenta corriente correspondiente a los meses de enero y de febrero del año 2001, que se habrán satisfecho durante el mes de diciembre del año 2000, se imputará al resultado del año 2001.
Además de las anteriormente expuestas existen otras cuentas no específicas que llegado el momento del cierre del ejercicio económico pueden recoger o registrar anotaciones derivadas del proceso de periodificación. Por ejemplo:
Ingresos por intereses diferidos.
Provisión para pensiones y obligaciones similares.
Provisión para impuestos.
Provisión para insolvencias de tráfico.
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