La Administración municipal - Impuesto a las apuestas

5 - Impuesto a las apuestas

Monografía creado por Calderon Neyra Presentacion. Extraido de: http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/eco/admonmuni.htm
01 de Junio de 2006
Ambito De Aplicación

Es un impuesto de periodicidad mensual, que grava los ingresos de las entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en las que se realicen apuestas.

Se entiende por eventos similares, aquellos eventos en los cuales, por la realización de una competencia o juego, se realicen apuestas, otorgando premios en función al total captado por dicho concepto, con excepción de los casinos de juego, los mimos que se rigen por sus normas especiales.

Base Legal: Art. 38º del Decreto Legislativo Nº 776 y Art. 2º del Decreto Supremo Nº 21-94-EF (01.03.94).

Sujetos Del Impuesto

Sujetos Pasivos: La calidad de contribuyente de este impuesto, recae en las empresas o instituciones que realizan los eventos hípicos o similares.

Sujeto Activo: La prestación tributaria se cumple a favor de la Municipalidad Provincial, donde se encuentre ubicada la sede de la entidad organizadora.

Base Imponible

Está constituida por la diferencia resultante entre el ingreso total percibido en un mes por concepto de apuestas y el monto total de los premios efectivamente pagados a las personas que realicen las apuestas en dicho mes.

Ingreso total percibido es el monto obtenido de manipular el precio de cada ticket o boleto por el número total vendido.

Premio cobrado en fecha distinta al mes en el que corresponde pagarlo.

En el caso que el premio fuese cobrado en fecha distinta al mes en que correspondió pagarlo, pero dentro de la fecha de prescripción que establezca la entidad organizadora, dicho monto será deducible para la determinación de la base imponible correspondiente a dicho mes.

Alicuota Del Impuesto

La alícuota del Impuesto a las Apuestas es del 20% aplicable sobre la base imponible.

Declaración Jurada Del Impuesto

Los contribuyentes del Impuesto presentarán mensualmente, dentro de los primeros 12 días hábiles del mes siguiente a aquel en que se percibieron los ingresos, ante la Municipalidad Provincial respectiva, una declaración jurada en la que consignarán el número de tickets o boletos vendidos, el valor unitario de los mismos, el monto total de los ingresos percibidos en el mes por cada tipo de apuesta, y el monto total correspondiente a los premios otorgados en el mismo, en el formulario que para tal efecto proporcionarán las Municipalidades.

Emisión De Tickets O Boletos

Aprobación y Comunicación al Público

Las apuestas constarán en tickets o boletos cuyas características serán aprobadas por la entidad promotora del espectáculo, la que deberá ponerlas en conocimientos del público, por única vez, a través del diario de mayor circulación de la circunscripción dentro de los quince (15) días siguientes a su aprobación o modificación.

A la Municipalidad

Los Contribuyentes deberán comunicar a la Municipalidad Provincial respectiva, con 48 horas de anticipación, la emisión de tickets o boletos, lo que están sujetos a control por el municipio.

Pago Del Impuesto

Siendo un impuesto de periodicidad mensual, el contribuyente deberá pagar mensualmente en la Municipalidad Provincial respectiva o la entidad financiera que ésta designe, dentro de los primeros doce (12) días hábiles del mes siguiente (*) a aquél en que se percibieron los ingresos.

Distribución Del Rendimiento Del Impuesto

El monto recaudado por aplicación del Impuesto se distribuirá dentro de los 5 días posteriores a la fecha de su percepción, conforme a los siguientes criterios:

60% se destinará a la Municipalidad Provincial.

15% se destinará a la Municipalidad Distrital donde se desarrolle el evento.

25% se destinará al Fondo de Compensación Municipal.

Facultad de fiscalización

Las municipalidades provinciales podrán efectuar acciones de fiscalización directa en los eventos, con el objeto de verificar el correcto cumplimiento de la obligación tributaria.

Entrega de información a la sunat

Los Gobiernos Locales estarán obligadas a entregar mensualmente a la SUNAT la información detallada correspondiente a los ingresos de las entidades organizadoras y titulares de juegos de Azar y Apuestas, así como el número de máquinas tragamonedas y otros aparatos electrónicos que entreguen premios canjeables por dinero.

7 opiniones

Administración Muncipal

Me parece bueno, espero confrontarlo con la realidad n mi país
Administracion municipal.

El curso esta bueno pero seria mejor si dieran una certificacion.
Derecho a la propiedad.

No tan bueno.
Administracion municipal.

Quisiera que los termas que se brindan fueran siempre concorados con las leyes del pais y sobre todo dar modelos practicos.
Opinion.

El curso es bueno pero pienso que al final del curso se nos deberia entregar un certificado.
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Monografía de Calderon Neyra Presentacion. Extraido de: http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/eco/admonmuni.htm CopyLeft
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