Para ser más específicos, hay tres documentos que nos pueden ilustrar sobre este punto, el Proyecto de Ley 1770/2007 presentado por El Poder Ejecutivo, el Proyectos de Ley 1900/2007 presentado por la Bancada Aprista y el Proyecto N° 1032/2007 presentado por el Partido Nacionalista Unión por el Perú:
a) El Proyecto de Ley N° 1770/2007: fue presentado por el Ejecutivo 22 de octubre de 2007, tiene el objeto de crear un régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales y de las comunidades campesinas y nativas, la entidad encargada sería COFOPRI que iniciará de oficio los procedimientos y se incluye también un proceso de reversión a favor del Estado de las tierras no utilizadas, tanto para aquellas que fueron adjudicadas tanto a título gratuito como a título oneroso del mismo modo estable un sistema por el cual se adjudicaran dichas tierras a quien las solicite mediante subasta publica.
Es esta la gran preocupación de las comunidades campesinas que en diferentes medios han acusado al gobierno de haberles declarado la guerra y de querer desaparecerlas, la verdad es que tanto la Ley 28259 como la 28667 a que hace referencia este proyecto dicen textualmente que las comunidades campesinas se rigen por su propia ley, por lo que estarían fuera del alcance de este proyecto.
b) El Proyectos de Ley N° 1900/2007:
Este proyecto fue presentado al congreso el 22 de noviembre de 2007 y fue presentado por la Bancada Aprista (partido de gobierno), en el se propone declarar de interés público la titulación, registro y rectificación de los predios rurales individuales, comunidades campesinas y nativas, establece que las comunidades campesinas deberán ser reconocidas por los gobiernos regionales y declara áreas prioritarias a los departamentos de Ucayali, Loreto, Huancavelica, Huanuco, Puno, Cajamarca, Amazonas y ayacucho.
¿En qué se diferencia del anterior?, Como ya habíamos mencionado el proyecto 1770/2007, de aprobarse, no sería oponible a las comunidades campesinas y nativas, no por que esa no haya sido su intención sino por que las Leyes 28259 y 28667 a que ese proyecto hace referencia no alcanzan a las comunidades; en todo caso el Proyecto 1900/2007 propuesto por la bancada de gobierno, revela la política del ejecutivo, que es sanear la situación de las tierras agrícolas en el país y hacerlas productivas a todo costo.
c) El Proyecto de Ley N° 1032/2006:
En oposición este proyecto presentado por la bancada Nacionalista UPP, pretende hacer varias modificaciones a la Ley 28736 “Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial”, estas modificaciones tendrían los siguientes efectos:
- Se eliminaría el estudio previo realizado por una Comisión Multisectorial presidida por el Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos que actualmente es necesario para el reconociemnto de dichos pueblos , y pretende que la declaración de reserva de la zona se haga en el mismo Decreto Supremo.
- La segunda gran modificación pretende sustituir el texto actual del Literal c) del Art. 5° de la Ley que actualmente dice:
“No se otorgarán derechos que impliquen el aprovechamiento de recursos naturales, salvo el que con fines de subsistencia realicen los pueblos que las habiten y aquellos que permitan su aprovechamiento mediante métodos que no afecten los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, y siempre que lo permita el correspondiente estudio ambiental. En caso de ubicarse un recurso natural susceptible de aprovechamiento cuya explotación resulte de necesidad pública para el Estado, se procederá de acuerdo a ley”
Por el siguiente:
“No se otorgarán derechos que impliquen el aprovechamiento de recursos naturales salvo el que con fines de subsistencia realicen los pueblos que las habiten mediante actividades o usos tradicionales, desarrollados de manera autónoma y sin injerencia externa según sus patrones socioculturales.”
En pocas palabras de aprobarse dicho proyecto se convertiría en reservas grandes extensiones de tierras sin que medie un estudio serio al respecto, así mismo la explotación de los recursos de las mismas seria imposible y los pueblos que vivan en ellas quedarían condenados a no poder usar tecnología moderna en su propio beneficio, siendo sus únicas posibilidades el dedicarse a la agricultura de subsistencia, a la caza y recolección o las actividades ilegales como el cultivo de coca y otras drogas.