Inicio / Wikis / Monografías / Securitización de hipotecas - Extinción

Securitización de hipotecas - Extinción

(2 opiniones)
Monografía creado por Carlos Raviglione. Extraido de: http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/securitizacion.htm
23 de Mayo de 2006

9 - Extinción

PAGO: El pago se hará en el lugar indicado en la letra. El lugar de pago podrá ser cambiado dentro de la misma ciudad, y sólo tendrá efecto a partir de su notificación al deudor (art. 42). En el artículo 39 dice que las letras hipotecarias deben contener el lugar en el cual debe hacerse el pago  (inc. c). El artículo 43 adopta el sistema de mora automática previsto en el artículo 509 del Código Civil al regular que: Verificados los recaudos previstos en el artículo precedente, la mora se producirá en forma automática al solo vencimiento, sin necesidad de interpelación alguna.

EJECUCION: Artículo 45: El portador de la letra hipotecaria o de alguno de los cupones puede ejecutar el título por el procedimiento de ejecución especial previsto en el título IV de esta ley cuando así se hubiere convenido en el acto de constitución de la hipoteca. De ello deberá dejarse constancia en la letra y en los cupones. Para poder ejecutar las letras o cupones, en su caso, por el sistema instrumentado de ejecución extrajudicial, se deberá optar por el mismo en forma expresa al constituirse el derecho real y  deberá constar en las letras y cupones que se emitan.

PRESCRIPCION: Se propicia un plazo de prescipción de tres años a partir de la fecha de vencimiento de cada cuota de capital o intereses para las acciones emanadas de la letra hipotecaria, que coincide con la establecida para la letra de cambio, en el artículo 96 del decreto ley 5965/63: "toda acción emergente de la letra de cambio contra el aceptante se prescribe a los tres años contados desde la fecha del vencimiento....".

CANCELACION: La cancelación de la inscripción de la emisión  de las letras, y por ende la hipoteca, se podrá hacer a pedido del deudor mediante la presentación de las letras y cupones en su caso con constancia de haberse efectuado todos los pagos de capital e interés. El certificado extendido por el juez tendrá el mismo valor que las letras y/o cupones a los efectos de su presentación para la cancelación de hipoteca. El art.3199 del C.C. dice: La hipoteca y la toma de razón se cancelarán por consentimiento de partes que tengan capacidad para enajenar sus bienes, o por sentencia pasada en cosa juzgada. Puede en consencuencia, cancelarse por consentimiento de parte.

Para cancelar la inscripción de emisión de letras, además de la tenencia y presentación de la letra, es necesaria la constancia de pago de capital e interés  en las letras y cupones. Es natural que así sea ya que constituyen los títulos de crédito, a los cuales garantiza una hipoteca.

También se puede obtener la cancelación por vía judicial cuando el deudor no puediera, por razones fundadas, acceder en forma directa al Registro acompañando las letras con sus respectiva constancia de pago, y aplicar el supuesto del "certificado extendido por el juez".
Valora este capítulo: (2 opiniones)
Tu nombre debe tener tres caracteres como mínimo.
Es necesario que te des de alta con una cuenta de correo válida.
Es necesario que te des de alta con una cuenta de correo válida.
El contenido del título de tu opinión debe tener tres caracteres como mínimo.
Es obligatorio que selecciones una valoración del recurso.
El contenido del comentario de tu opinión debe tener tres caracteres como mínimo.

Opina sobre este monografía



* Valoración:
* Nombre:
* Correo electrónico:
* Título:
* Comentario:

Wikis relacionados con 'Securitización de hipotecas - Extinción'

Los pasivos a largo plazo está representado por los adeudos cuyo vencimiento sea posterior a... Más »
En el trabajo a continuación se hará un completo estudio de distintos aspectos de gran... Más »
Considerando que la Contabilidad es una técnica que tiene como finalidad apoyar y optimizar los... Más »
En el mundo, la securitización comienza a ser utilizada en la década de los 70,... Más »
Prólogo de «USA: el Estado delincuente». Editorial El Viejo Topo (España, 2004).
Autor y licencia de 'Securitización de hipotecas - Extinción'
Carlos Raviglione Extraído de: http://www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/fin/securitizacion.htm

Creative Commons License
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.
Este contenido ha sido recopilado por el equipo de Wikilearning. Todo el contenido recopilado se ha obtenido respetando y comunicando en nuestro site la licencia de cada fuente.
Wikilearning tiene permiso expreso por escrito de los autores para publicar los contenidos que ha extraído de otras webs, incluyendo su uso comercial.
¿Estás seguro de que deseas eliminar este capítulo?