09 de Abril de 2008 - Pregunta realizada por Manuel Aguilar
buenas tardes, disculpe que me podria decir usted hacerca de la proteccion juridica del concepturus. la pregunta es ¿tiene proteccion juridica el concepturus
17 de Abril de 2008 - Respuesta de Augusto J. Melo Trujillo
En la legislación peruana, el nasciturus (concebido, pero no nacido), sí tiene protección jurídica. Al respecto, puedes ver el numeral 1 del artículo 2 de la Constitución; el artículo 1, 598 y 866 del Código Civil; los artículos 114 al 120 y 124-A del Código Penal.
En cambio, en la legislación peruana, el concepturus. (no concebido y no nacido, pero es posible su concepción), no tiene protección jurídica.
Para más información sobre el tema puedes revisar los siguientes documentos:
http://www.pucp.edu.pe/revista/derecho_puc/docs/juan_morales.pdf
http://realidadjuridica.uabc.mx/realidad/contenido-herederos.html
Mayor información:
http://www.infolimaperu.blogspot.com/