| Cap 138 |
Apéndice 2: Normativa (III)
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Del Director de la Agencia de Protección de Datos o, en su caso, del órgano equivalente de las Comunidades Autónomas. ---------CAPÍTULO SEGUNDO. Ficheros de titularidad privada ---------**Artículo 25. ** Creación. Podrán crearse ficheros de titularidad privada que contengan datos de carácter personal |
| Cap 139 |
Apéndice 2: Normativa (IV)
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De los afectados. ---------**Segunda. ** Ficheros y Registro de Población de las Administraciones Públicas. **1. ** La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas podrán solicitar al Instituto Nacional de Estadística, sin consentimiento del interesado, una copia |
| Cap 3 |
Sobre las redes
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// en comunidades virtuales de piratas; ni siquiera actúan por curiosidad o para ampliar sus conocimientos, con lo que tenemos una importante ventaja contra ellos: es muy raro - pero no imposible - que se obsesionen por nuestra red o sus máquinas, de forma que si conseguimos que sus primeros |