| Cap 6 |
¿Quién puede pedir información?
|
| |
O jurídicas) nacionales de unos de los Estados que integran el Espacio Económico Europeo[[ [2] ]], o que tengan su domicilio en uno de ellos, y a: - todas las personas nacionales de cualquier Estado que reconozcan a su vez el mismo derecho a los nacionales españoles en su territorio. Sin embargo esta |
| Cap 25 |
La queja ante la Comisión Europea
|
| |
, organización, firma comercial o empresa que ha incumplido el Derecho Comunitario § Incumplimiento o infracción alegada y perjuicios producidos (si los hay) § Denuncias, demandas, acciones o cualquier tipo de procedimiento iniciado frente a las autoridades nacionales o comunitarias respecto del caso |
| Cap 8 |
¿Están obligados a proporcionar información los entes privados con responsa
|
| |
Ciudadan@s tendrán que dirigir sus solicitudes de información respecto de ese servicio no a las propias empresas sino a las administraciones titulares del servicio, para que éstas a su vez recaben la información de la empresa y nos la faciliten. --- ---- [[ [1] ]]Art. 6 de la Directiva |