| Cap 5 |
¿En qué forma se puede recibir esa información?
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La Directiva se refiere a la información relacionada con el medio ambiente disponible en cualquier forma, lo que comprende información contenida en documentos, informes; cartas , etc. , pero también la contenida en fotografías, imágenes por satélite, grabaciones de audio, o tratada por ordenador |
| Cap 18 |
Costes
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De rechazarse la solicitud no cabe imponer a aquél ningún coste puesto que tanto la Directiva como la Ley en su nueva redacción dada por la Ley 55/99 se refieren a la percepción de la correspondiente tasa sólo en caso de ‘suministro de información’. Tampoco se contempla la posibilidad de que se adopten |
| Cap 22 |
El derecho a interponer un recurso administrativo
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. La posibilidad de recurrir administrativamente las denegaciones debe agradecerse a la Ley 55/1999, ya que conforme a la anterior redacción agotaban la vía administrativa, obligando a acudir para toda reclamación a la Jurisdicción y obstaculizando el libre ejercicio de la libertad que venimos |